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José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Martes, 28 de Septiembre de 2021

La UEFA ha cedido ante el juez más de lo que exigía el derecho penal

UEFA no solo no tenía necesidad de archivar los expedientes a los tres clubes, desde el punto de vista del derecho penal, sino que es probable que ya no pueda reabrirlos

 

La UEFA emitió un comunicado el lunes por la noche dando a conocer que su Comité de Apelación ha archivado los expedientes disciplinarios abiertos a los tres clubes que aún se mantienen en la Superliga: Barça, Juve y Real Madrid.

 

Es decir, el Comité de Apelación de la organización continental, que había decretado la suspensión de los expedientes el pasado 9 de junio, ha acordado ahora archivarlos, declarando cada unos de ellos "nulo y sin efecto, sin ningún perjuicio, como si nunca se hubiera abierto el procedimiento".

 

La UEFA señala que tal acuerdo se ha adoptado en ejecución de lo ordenado por el Juzgado de lo Mercantil núm. 17 de Madrid.

 

Nos parece una decisión que ha ido más lejos de lo que era exigible. La suspensión de los procedimientos implicaba un acatamiento válido y suficiente de los autos dictados por el juez.

 

Conviene recordar que el procedimiento está muy lejos de la sentencia. Si esta ya se hubiese dictado y fuese desfavorable a la UEFA, sí sería entendible un requerimiento del juez como el realizado, pero no en esta fase de medidas cautelares.

 

No es admisible que en esta fase del proceso pueda exigirse la anulación (archivo) de los expedientes disciplinarios y la UEFA pudo perfectamente haberse mantenido en la suspensión sin incurrir por ello en desobediencia.

 

La UEFA ha cedido a los requerimientos por exceso de celo, pero con un efecto secundario muy negativo para sus intereses.

 

A partir de ahora se pone en marcha el contador de la prescripción. Difícilmente podrá la UEFA abrir nuevos expedientes por los mismos hechos a los clubes en un futuro, pues es altamente probable que las presuntas infracciones ya estén prescritas.

 

Otra cosa es la suspensión de las medidas contra los nueve clubes que se habían "rendido". En este caso, la organización europea sí ha obrado correctamente, pues simplemente ha dejado en suspenso la exigencia de pago, pero no lo ha anulado. Por tanto, los nueve clubes otrora rebeldes deberán asumir esos pagos si el proceso termina con sentencia a favor de la UEFA.

 

En definitiva, la UEFA ha ido más lejos de lo que exigía el derecho penal. No nos imaginamos a un fiscal que, tras recibir el testimonio del juez Ruiz de Lara, interpusiera una querella contra Ceferin cuando le consta que los expedientes estaban suspendidos y los clubes admitidos en la Champions.

 

¿Dónde está el ilícito penal?

 

En ninguna parte. Y si el fiscal compartiese la tesis del juez de lo mercantil, con toda seguridad el juez de lo penal inadmitiría la querella.

 

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