
De no hacerlo, el magistrado podría procesar al presidente del organismo, Aleksander Ceferin, por un posible delito de desobediencia
El caso de la Superliga ha vivido este lunes un nuevo capítulo. En un auto de esta fecha, al que ha tenido acceso IUSPORT, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, ha dado un plazo de cinco días a la UEFA para que acredite haber archivado los expedientes disciplinarios incoados por el órgano contra los tres clubes fundadores de la Superliga, esto es, Real Madrid, FC Barcelona y Juventus de Turín y lo constate así en la web oficial de la organización.
El auto hace alusión al dictado el 20 de abril, por el que se decretaron las medidas cautelarísimas y señala que no han sido cumplidas por la organización europea. También recuerda el requerimiento realizado a la UEFA el 1 de julio.
De lo contrario, el presidente de la UEFA, Aleksander Ceferin se expone a ser procesado por un delito de desobediencia. En concreto, le advierte con "deducir testimonio a la Fiscalía por la presunta comisión de un delito de desobediencia a la autoridad judicial”,
Literalmente, reza así la parte dispositiva del auto:
"PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 709, 710 y 711 de la LEC, en
relación con el artículo 738 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
1.- Requerir a UEFA para que en el plazo de cinco días acredite documentalmente que ha
dado cumplimiento a las medidas cautelares y requerimientos adoptados en el Auto de 20
de abril de 2021 y en el de 1 de julio de 2021.
2.- En caso de que UEFA no acredite en el plazo de 5 días el cumplimiento íntegro y exacto
de las medidas cautelares y requerimientos adoptados en el Auto de 20 de abril de 2021 y
en el de 1 de julio de 2021, se acordará imponer a UEFA las multas pecuniarias legalmente
procedentes y deducir testimonio a la Fiscalía por la presunta comisión de un delito de
desobediencia a la autoridad judicial".
Por lo que se ve, al juez no le basta la suspensión de los expedientes disciplinarios decretada por la UEFA el pasado 9 de junio y pide que sean archivados, anulados.
En el auto, el magistrado considera que la UEFA ha actuado "al margen del Estado de Derecho, en abierta promoción de prácticas que comprometen el principio de libre competencia en el mercado relevante de organización de competiciones de fútbol profesional en la Unión Europea".
El juez afirma en la resolución que la "Union des Associations Européennes de Football (UEFA) no ha probado en modo alguno que haya procedido a anular los procedimientos disciplinarios abiertos a Real Madrid Club de fútbol, Fútbol Club Barcelona y Juventus de Turín".
Dice el juez: "... para dar cumplimiento a las medidas cautelares adoptadas no basta con un mero anuncio de suspensión sino que debe procederse a la anulación del mismo. El mantenimiento de los procedimientos disciplinarios, aún en situación de suspensión provisional, despliega por sí mismo los efectos de las prácticas anticompetitivas que el auto de medidas cautelares adoptadas inaudita parte pretende atajar".
Y añade: La falta de de acreditación del cumplimiento "evidencia por parte de UEFA una voluntad obstaculizadora tendente a consolidar prácticas anticompetitivas".
Y no se queda ahí el juez, que acusa a la UEFA de "pasividad y omisión en torno a las medidas cautelares adoptadas y respecto a los requerimientos efectuados no vienen sino a certificar por parte de UEFA una estrategia rebelde tendente a frustar el cumplimiento de las resoluciones judiciales en aras de hacer efectivo el peligro de mora procesal que se pretende enervar con la adopción de medidas cautelares".
Por ello advierte seriamente a la UEFA por mantener "una voluntad obstaculizadora tendente a consolidar prácticas anticompetitivas".

























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