Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 20:45:43 horas

El Gobierno insiste en privatizar la justicia deportiva y niega estar presionado por la RFEF

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Lunes, 13 de Junio de 2022

Sin embargo, los hechos son tozudos y demuestran otra cosa. Pese a lo manifestado por el Gobierno, los audios revelados por El Confidencial ha venido a confirmar lo que venimos informando en IUSPORT hace varios años. A la RFEF no le gusta el TAD, pero no este TAD, sino ningún TAD. 

Hace meses que venimos alertando en IUSPORT al mundo del deporte de que nos iba a coger el toro. Lamentablemente, así va a ocurrir.

 

Llevamos mucho tiempo denunciando que la nueva ley del PSOE y Podemos tiene un plan oculto de privatización de la justicia deportiva. Son tantas las noticias y artículos que hemos dedicado al tema que no hace falta volver a explicarlo.

 

Estando el proyecto de ley ya en su recta final en el Congreso de los Diputados, una vez cerrado el plazo de enmiendas, el Gobierno dejó claro este lunes que no va a rectificar su plan a pesar de las protestas de los cerca de cuatro millones de deportistas federados que hay en España y los más de 75.000 clubes.

 

Todos ellos, a través de sus organizaciones representativas (AFE, PROLIGA, ABP, etc…) le han dicho en varios idiomas al Gobierno que el vaciamiento competencial del TAD sólo servirá para favorecer la arbitrariedad de las federaciones deportivas, que podrán campar a sus anchas sin que un "molesto" tribunal público especializado les enmiende la plana.

 

A partir de la nueva ley, los clubes y deportistas tendrán que ir a los juzgados para impugnar una simple sanción de dos partidos de suspensión a un jugador, por poner un ejemplo frecuente.

 

El Gobierno respondió este lunes a una pregunta formulada por los diputados del Grupo Popular en el Congreso Javier Merino y Marta González Vázquez, que sí se han preocupado por este tema, y dejó claro que no va a tocar ni una coma de la nueva ley para mantener al TAD tal y como lo conocemos hace más de treinta años, aunque antes se llamara Comité Español de Disciplina Deportiva.

 

Además, y tras el escándalo de los Supercopa Files destapado por El Confidencial, donde afloraron conversaciones de Luis Rubiales con el ex ministro Guirao y la expresidenta del CSD Irene Lozano, el Gobierno ha negado que este plan de privatizar la justicia deportiva se deba a presiones del presidente de la RFEF.

 

Dice el Gobierno en su respuesta que "no" ha habido ningún tipo de presión por parte del presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, para eliminar al TAD de la futura nueva Ley del Deporte".

 

Los audios desvelados por El Confidencial le delatan

 

Sin embargo, los hechos son tozudos y demuestran otra cosa. Pese a lo manifestado por el Gobierno, los audios revelados por El Confidencial ha venido a confirmar lo que venimos informando en IUSPORT hace varios años. A la RFEF no le gusta el TAD, pero no este TAD, sino ningún TAD. 

 

Son públicos los pronunciamientos de varios de sus dirigentes en los que apoyan decididamente la reforma de la disciplina deportiva que incluye la nueva ley ahora en trámite, que en síntesis consiste en borrar del mapa al TAD. 

 

Ya lo hemos explicado muchas veces. La reforma en ciernes deja al TAD convertido en una estatua de sal. Lo reducen a las cuestiones electorales y a las denuncias que discrecionalmente el CSD decida darle traslado. 

 

Pero antes de que el Gobierno tomara esta fatídica decisión de acometer esta lamentable reforma, ya conocía perfectamente la animadversión del la RFEF al TAD, como quedó de manifiesto en los audios revelados por El Confidencial. 

 

La conversación del 30 de junio de 2020 grabada por Rubiales, que publicó El Confidencial, fue uno de los detonantes del deterioro de la relación entre el presidente de la RFEF e Irene Lozano. “Está claro que aquí, o das miedo o das asco”, le dijo al presidente de la Federación a Lozano en tono amenazante. “Lo de hoy es un antes y un después. Y UEFA y FIFA no se van a quedar quietas”, advirtió Rubiales.

 

 

Rubiales se refería a la resolución del TAD por la que se anuló la convocatoria de elecciones, que sentó a cuerno quemado en la Federación. 

 

Lozano trató de calmar entonces al responsable del fútbol en España recordándole que el TAD había detectado un defecto formal en la convocatoria de las elecciones. “A mí, lo que me resulta imposible de creer, te lo digo de verdad, es que me resulta imposible de creer que cinco personas, cinco juristas, que sabemos que no están a sueldo...”, le dijo Lozano a Rubiales. 

 

 

Pero Rubiales la interrumpió para afirmar que él no confiaba en la integridad de los cinco miembros del TAD que habían votado en contra de sus intereses. “Creo que están todos de verdad vendidos. Esta es mi opinión (…) Para mí no hay otra explicación. Y que este país es un puto desastre es la segunda explicación. Pero que va a haber consecuencias desgraciadamente… ya está. ¿Qué vamos a hacer? Yo, ya… Se han acabado los buenos actos, Irene”, advirtió Rubiales de nuevo, según se escucha el el audio publicado por El Confidencial, para terminar diciendo que la decisión del TAD había “abierto una guerra que no tiene solución”.

 

Y así fue. Rubiales, que ya había perdido una querella frente al TAD, presentó una segunda contra el más alto tribunal del deporte de España y volvió a perder.

 

Primero el juez, y luego la Audiencia, enmendaron la plana a Rubiales archivando también la segunda querella desautorizando por completo a la RFEF y a su presidente. En esta segunda la RFEF acusaba al TAD de un delito de prevaricación en la resolución que anuló la convocatoria electoral. 

 

Dos querellas presentadas contra el TAD, dos perdidas 

 

Tras perder la segunda querella en el juzgado, recurrió y en febrero de 2021, la Audiencia vuelve a decirle a la RFEF que su querella contra determinados miembros del TAD carece de fundamento.

 

Como decíamos, era la segunda vez que Rubiales se querellaba contra el alto Tribunal y con el mismo desenlace, el archivo de la misma por infundada. 

 

Dijo el auto de archivo de la querella, entre otros argumentos, lo siguiente:

 

"En el juego de normas administrativas en conflicto (básicamente, Estatutos y Reglamento), los recurrentes consideran que la interpretación que efectúa el TAD (confiriendo al Presidente, de forma residual vía estatutaria, la competencia para convocar elecciones, en lugar de a atribuirla a la Junta Directiva) sería contraria al contenido del propio Estatuto que, según esgrimen (al igual que la Vocal que emite el voto particular que consta a los folios 197 y siguientes) se conferiría a la Junta Directiva. El voto particular, en tal sentido, alude al artículo 25.4 de los Estatutos como precepto que remitiría expresamente a lo que establezca el reglamento electoral.

 

El artículo en cuestión, que regula la elección de los miembros de la Asamblea General dispone, efectivamente, que “Los miembros serán elegidos cada cuatro años, coincidiendo con los años de juegos olímpicos de verano, por sufragio libre y secreto, igual y directo, entre y por los componentes de cada estamento. Las normas aplicables al proceso de elección de éstos se determinarán reglamentariamente”.

 

Por tanto, es cierto que los estatutos remiten expresamente al reglamento la regulación de las normas aplicables al proceso de elección de los miembros de la Asamblea General

 

Pero no existe mención expresa en el estatuto en cuanto al órgano competente para realizar la convocatoria. 

 

Debiendo tener presente que el artículo 11.1 de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas, establece que “La convocatoria de elecciones corresponde realizarla al Presidente de la Federación o a la Junta Directiva, según dispongan los respectivos Estatutos, una vez aprobado el Reglamento Electoral”. 

 

Por mucho que el voto particular y los aquí recurrentes consideren inequívoca la inferencia relativa a que la competencia para convocar elecciones corresponda, vía reglamento, a la Junta Directiva, los estatutos no contienen atribución de competencia en tal sentido. No de forma expresa"

 

Y añade:

 

"Por ello, no apreciamos que concurran los presupuestos establecidos por la Jurisprudencia para considerar indiciariamente concurrentes elementos constitutivos del delito de prevaricación administrativa". 

 

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.