
En su día ya comentamos el quebranto económico que produce en los ingresos de TV la prohibición de los partidos en viernes y lunes.
La Jueza de Competición, Carmen Pérez, actuando por delegación expresa del presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, no como órgano disciplinario, ha decidido este jueves ampliar las jornadas en las que no se permite disputar partidos de LaLiga, a los martes.
Sin esperar por el pronunciamiento del juez de lo mercantil, que hace días debió haber notificado el auto tras la vista del pasado día 2, la Jueza de Competición, como ya hiciera en el comienzo de la temporada LaLiga, ha vuelto a interpretar las normas y las resoluciones judiciales a su manera y ha dado una vuelta de tuerca más en una dinámica que, aunque no sea su pretensión, asfixia económicamente a los clubes profesionales.
En su día ya comentamos el quebranto económico que produce en los ingresos de TV la prohibición de los partidos en viernes y lunes.
Pues bien, la RFEF da un paso más y recorta ahora los martes en las jornadas intersemanales, que esta temporada serán más frecuentes porque hay Eurocopa y es obligado comprimir el calendario.
Pero nada de eso parece importarle, no ya a la jueza de Competición, que actúa por mandato expreso, sino a quien le encomienda que resuelva en el sentido que lo ha hecho.
En este caso, los damnificados no son solo los seis equipos que tenían partidos señalados el martes, Fuenlabrada-Logroñés, UD Las Palmas-Castellón y Almería-Cartagena. El daño económico se produce a los 42 clubes profesionales, pues a todos afectaría un recorte por parte de los operadores ante esta cerrazón de la RFEF, que obstaculiza, sin motivo, la ejecución de los contratos suscritos para la retransmisión por TV.
En cuanto a los argumentos invocados por la RFEF para prohibir los martes, son los mismos que los utilizados para vetar los viernes y lunes, que en IUSPORT ya hemos rebatido hasta la saciedad.
No es cierto, como pretende la RFEF, que las medidas de la Audiencia, favorables a los viernes y lunes, ya no están en vigor. Si fuera cierto, la Ley no emplearía el verbo "mantener". No puede mantenerse algo que no existe.
La RFEF no ha esperado al desenlace de un incidente obligado por el art. 744 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no una pieza de cautelares que la patronal planteara por voluntad propia. Dicho precepto obliga a tramitar este incidente cuando la sentencia es desestimatoria y ha sido recurrida, como es el caso.
Pero no, como dice la Jueza, para decidir si se otorgan nuevas medidas cautelares a LaLiga, sino para decidir si se "mantienen" o no las que ya están en vigor y que no son otras que las puestas por la Audiencia en junio pasado.
Recapitulando, tenemos: un auto de agosto de 2019 sobre cautelares revocado; una sentencia contraria recurrida, no firme; un auto de la Audiencia de medidas favorables a LaLiga, en vigor; y un nuevo auto que se espera en las próximas horas, del juez Sánchez Magro, que deberá decidir si las cautelares de la Audiencia se "mantienen" o no, decisión que a su vez será recurrible ante la Audiencia provincial.
A lo expuesto debe añadirse el contenido demoledor del auto de la Audiencia de 1 de junio, ya que no es un auto cualquiera, pero que la RFEF vuelve a ignorar.
Es un auto del tribunal que va a revisar la sentencia del juez Sánchez Magro y en el que no se limita a analizar las medidas cautelares. Va mucho más allá, anticipando con claridad cuál va a ser el sentido de la sentencia que resolverá el fondo del asunto.
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TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN DE LA RFEF DE ESTE JUEVES 15























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