F: ABCLas piezas del puzle van encajando, en relación a las elecciones a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF).
La presidenta de Consejo Superior de Deportes (CSD), Irene Lozano, solicitará al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) un segundo informe sobre la conveniencia o no de atender a este adelanto electoral solicitado por el presidente de la RFEF, Luis Rubiales.
El CSD ha informado de esta decisión este jueves por la tarde. El organismo estatal ha tomado esta decisión después de haber conocido el informe de la Abogacía del Estado, al que se pidió criterio respecto al asunto. La Abogacía ha considerado en su contestación que "las segundas alegaciones, esto es, las presentadas el 5 de febrero de 2020, sí han de ser sometidas a conocimiento del TAD".
La Abogacía considera que estas alegaciones "ponen de manifiesto un nuevo hecho o circunstancia no planteado en el escrito de solicitud inicial".
El primer informe del TAD
El TAD, en su primer informe, rechazó el adelanto de las elecciones a la presidencia de la RFEF solicitadas por su presidente, para que los comicios se celebren en el primer semestre de este año, por entender que no hay motivos que justifiquen este cambio y porque según los plazos del calendario electoral es imposible encajarlo en el primer cuatrimestre.
Según la orden ministerial que regula las elecciones en todas las federaciones, la RFEF, por estar clasificada para los Juegos de Tokio 2020, debe celebrar su proceso electoral después de la disputa de éstos.
La RFEF pidió este adelanto el 16 de diciembre de 2019 al CSD ante "necesidades derivadas de la puesta en marcha de la candidatura conjunta con Portugal para el Mundial de Fútbol de 2030 y los trámites que deben desarrollarse al respecto en el segundo semestre del año 2020 que resultan claves y esenciales para el éxito de la candidatura, así como la participación en los Juegos Olímpicos de Tokio y en la organización de la Eurocopa 2020".
El parecer contrario del TAD a esta petición dejó la decisión en manos de la presidenta del CSD, Irene Lozano, quien, antes de resolver, volverá a pedir informe al tribunal.
Pero ojo, no es el mismo TAD, ya que hace solo dos días la Comisión directiva del CSD acordó relevar a 4 miembros en medio de una fuerte oposición, tanto de miembros de la Comisión (3) como de dos de los miembros del tribunal afectados, que consideran su cese ilegal.
Si el informe del TAD no es vinculante, por qué pide el CSD otro informe?
Aunque un informe no sea vinculante, el órgano que resuelve tiene la obligación de motivar por qué se aparta del dictamen obrante en el expediente, y está claro que Irene Lozano no quiere asumir ese coste.
El informe del TAD ha de ser recabado en estos expedientes de forma obligatoria y, aunque su parecer no sea vinculante para la presidenta del CSD, Irene Lozano no quiere "meterse en un jardín", como se dice coloquialmente, apartándose del criterio del alto tribunal y tener que justificar por qué no lo tiene en cuenta y resuelve en otro sentido.
Lozano prefiere que el TAD, que aqui opera como órgano consultivo, lo informe favorablemente, y cree que habiéndolo renovado en un 60%, las probabilidades ahora son muy altas de que así ocurrirá.


























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