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La carta de Rubiales al CSD solicitando el adelanto electoral

REDACCIÓN DE IUSPORT REDACCIÓN DE IUSPORT Lunes, 30 de Diciembre de 2019

Les ofrecemos en primicia el texto íntegro de la solicitud enviada por Rubiales al CSD y que según la Orden ministerial electoral debió estar publicada en la web de la Federación desde el 16 de diciembre

En IUSPORT hemos tenido acceso al referido escrito y podemos por tanto contarles los detalles de tal petición al CSD.

 

A continuación les ofrecemos el texto íntegro de la carta enviada por Rubiales para pedir al CSD el adelanto electoral.


Lo primero a destacar es que no se pide el adelanto al primer semestre, sino al primer trimestre.

 


TRANSCRIPCIÓN DEL ESCRITO

 


Las Rozas (Madrid), 16 de diciembre de 2019
Dña. María José Rienda
Presidenta del Consejo Superior de Deportes
cc/ D. Mariano Soriano
Director General


Estimada presidenta:


De acuerdo con lo previsto en la Disposición final primera, apartado 2, de la Orden ECD/2764/205, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas, se solicita de esta Presidencia que, después de los trámites legalmente previstos, autorice la celebración de las elecciones a la Asamblea, Comisión Delegada y Presidencia de esta RFEF dentro del primer semestre del año 2020 por las razones que a continuación se exponen.


A los mismos efectos, se adjunta el Reglamento Electoral de la RFEF, que de con lo previsto en el artículo 3 y Disposición Transitoria Única de la misma Orden electoral ya fue aprobado por el mismo Consejo de Deportes entendiendo esta RFEF que se mantiene vigente en toda su extensión a los efectos del presente proceso electoral.

 

Junto con el Reglamento ya aprobado en su momento por el CSD se adjunta la previsión del calendario y la distribución por estamentos según el Censo inicial que es Objeto de publicación.


En el día de hoy, se ha informado a todos los miembros de la Asamblea General reunida en Madrid, en sesión extraordinaria, de la voluntad de solicitar el adelanto del proceso electoral y la utilización del mismo reglamento electoral.


A los solos efectos de elección del Presidente de la RFEF deberá tenerse en cuenta la autorización de modificación estatutaria que pudiera formular la Comisión Directiva del CSD en relación con la inclusión de los cinco miembros natos ya autorizados mediante resolución expresa del propio CSD. Cuando se produzca deberá entenderse que resulta de aplicación directa por tratarse de una disposición de rango superior al Reglamento.


A los efectos de esta solicitud de avance del período electoral hemos tenido en cuenta los antecedentes administrativos que sobre esta misma petición se han producido en los procesos electorales anteriores y que, desde nuestro punto de vista, justifican y avalan la petición que formulamos y la autorización por parte del Consejo Superior de Deportes.
 

En esencia constatamos que tanto la anterior Junta de Garantías Electorales como el actual Tribunal Administrativo del Deporte han informado favorablemente en la inmensa mayoría de casos las peticiones de modificaciones del período electoral y, en todo caso, siempre lo han hecho cuando la petición ha sido de adelanto y, también, casi siempre, en atraso.

 

Sirvan de ejemplos los Informes de 21 de enero 2010 —Real Federación Española de Deportes de Invierno; de 21 de enero 2010 —Real Federación Española de Deportes de Inviemo; de 24 de octubre de 2011- Real Federación Española de Fútbol; de 14 de noviembre de 201 1 — Real Federación Española de Natación; de 18 de enero de 2012 — Federación Española de Baloncesto; de 6 de febrero de 2014- Federación Española de Deportes de Hielo; núm. 41/2016 de 19 de enero- Federación Española de Baloncesto.
 

Los antecedentes analizados nos llevan a la conclusión que como criterio general se han autorizado mayoritariamente las solicitudes de posponer los procesos electorales y se han autorizado siempre que se ha solicitado un adelanto.


Es especialmente significativo el razonamiento que en este tipo de circunstancias ha venido utilizando tanto la anterior Junta de Garantías Electorales como el actual Tribunal Administrativo del Deporte.


"Cuarto.- En el caso que ahora nos ocupa la situación es precisamente la inversa, esto es, la Real Federación Española de ................. pretende anticipar la convocatoria electoral. No queremos con esto dar la impresión de que ese mero hecho relaje la necesidad de que concurran motivos suficientes para justificar la alteración de las previsiones de la Orden. Ahora bien, no cabe duda de que las consecuencias de la autorización son aparentemente menos perjudiciales para el buen orden electoral y el ajuste de los plazos de los mandaros."

 

Hemos de manifestar que hemos analizado todos y cada uno de los antecedentes, tanto los informados favorablemente como los desfavorables y queremos poner de relieve que las causas que exponemos como motivos más que justificados para solicitar el avance del proceso electoral han sido tratados, evaluados y autorizados en condiciones prácticamente iguales en casos precedentes y, además, sin ningún género de duda, los motivos alegados resultan completamente distintos a aquellos que sí dieron origen a un informe desfavorable.


A mayor abundamiento, debemos señalar que precisamente en las dos ocasiones anteriores en que la RFEF ha solicitado una modificación de las fechas de celebración ha sido siempre autorizado por el Consejo Superior de Deportes y también siempre con el Informe favorable de la Junta de Garantías Electorales/Tribunal Administrativo del Deporte.

 

En el proceso electoral de 2012 la RFEF solicitó el adelanto electoral por las razones similares a las que alega en estos momentos la RFEF como motivos necesarios para solicitar el adelanto electoral.


En concreto el Informe de la Junta de Garantías Electorales dijo:
 

"Tercero.- Dado que la Real Federación Española de Fútbol se encuentra dentro del grupo de las Federaciones que, por haberse ya clasificado, van a participar en los Juegos Olímpicos de Verano, debería iniciar su proceso electoral dentro de los dos meses siguientes a la finalización de los mismos.


La Federación solicita, sin embargo. que se autorice adelantar la convocatoria de elecciones Bira que se celebren el primer trimestre del año. esto es. como las Federaciones no clasificadas para los citados Juegos.


Ante todo debe tenerse en cuenta que la previsión excepcional que contiene la disposición final primera de la Orden de 4 de diciembre de 2m7 sólo opera cuando el Consejo Superior de Deportes aprecie "la imposibilidad o grave dificultad" del cumplimiento de los criterios contenidos en la citada Orden, entre los que se encuentran los referentes a los períodos de celebración de los procesos electorales.


Esta Junta ha tenido ocasión de pronunciarse en diversas ocasiones sobre supuestos análogos al ahora planteado. Bien es verdad que las solicitudes federativas analizadas pretendían retrasar el inicio del respectivo proceso electoral. De ahí que la Junta, a pesar de haber informado favorablemente la generalidad de los casos, haya destacado siempre que los motivos invocados por la entidad solicitante han de ser de tal entidad que impidan o dificulten gravemente que el proceso electoral se inicie en el momento temporal normativamente previsto.
 

Esto es perfectamente lógico, toda vez que la autorización del Consejo Superior de Deportes para esos aplazamientos de la convocatoria electoral venía a implicar la tolerancia con la prolongación de los mandatos, tanto del presidente de la Federación como de IOS miembros de la Asamblea General.


En el caso que ahora nos ocupa la situación es precisamente la inversa, esto es, la Real Federación Española de Fútbol pretende anticipar la convocatoria electoral. No queremos con esto dar la impresión de que ese mero hecho relaje la necesidad de que concurran motivos suficientes para justificar la alteración de las previsiones de la Orden. Ahora bien, no cabe duda de que las consecuencias de la autorización son aparentemente menos perjudiciales para el buen orden electoral y el ajuste de los plazos de los mandatos.

 

Real Federación Española de Fútbol alega "razones competitivas, logísticas de naturaleza deportiva y organizativa tanto a nivel naconal como internacional", de cuya concurrencia no tenemos por qué dudar. Las peculiaridades competitivas del fútbol y los éxitos deportivos de la Federación son suficientemente bien conocidos por todos.


Por tanto, en opinión de esta Junta no existe inconveniente para que, con arreglo a la Orden ECI/3567/2W7 de 4 de diciembre, se "permita la convocatoria de elecciones para el primer trimestre de 2012".

 

En parecidos términos se manifiesta con ocasión de las solicitudes de adelantos electorales en las federaciones de natación, baloncesto. etc.

 


Pues bien, es de general conocimiento puesto que se ha hecho público en diversos medios que la RFEF ha iniciado todos los trámites para presentar su candidatura a la organización del próximo Campeonato del Mundo de Fútbol y también es notorio que se está planteando hacerlo conjuntamente con Portugal para darle mayores posibilidades de éxito a tamaña organización.


Es también conocido que esta propuesta ha sido presentada hace ya meses por el actual presidente de la RFEF al Presidente del Gobierno Español ante la presencia del Presidente de la FIFA. También le consta a la RFEF que ha sido objeto de conversación entre los gobiernos España y Portugal en más de una ocasión. Con ello queremos
poner de manifiesto que es una Candidatura meditada, firme y que lleva meses trabajándose a todos los niveles.


La presentación de una candidatura requiere de un trabajo intenso y laborioso de mucho tiempo antes de la presentación formal de la misma. Se deben diseñar los aspectos de infraestructura (esencialmente estadios y ciudades donde se debería desarrollar), de apoyo económico de los gobiernos (hay que tener en cuenta que la organización de un Mundial de fútbol va más allá de mejorar unos estadios, es preciso algunas mejoras en
transportes, infraestructuras de servicios tecnológicos, comunicaciones, etc. )

 

Según la información disponible la candidatura de España/Portugal debe pasar primero por un proceso previo de apoyo a nivel europeo en el contexto de la UEFA puesto que existen otras potenciales candidatas a nivel europeo como podría ser la candidatura de Inglaterra junto con Escocia, Gales. Irlanda del Norte y la República de Irlanda. Por tanto, se necesita un trabajo previo a nivel del territorio UEFA para que la candidatura de España y Portugal sea la candidatura europea que finalmente concurse por organizar el Mundial en de las federaciones de la UEFA, para lo que resulta necesario convencer a las federaciones europeas de la idoneidad de nuestra candidatura durante una serie de eventos que se celebran a finales del primer Semestre y a lo largo del segundo semestre de 2020.

 

Los eventos clave a los que nos referimos comienzan a finales de mayo de 2020 con la final de la Europa league y el comité Ejecutivo de la UEFA que se celebrará en Gdansk, Polonia, seguida de la final de la Champions League de Estambul. Estos eventos, en los que se reúnen los presidentes de las federaciones europeas y lo más altos ejecutivos de la UEFA, resultan fundamentales para p0sicionar la candidatura de España y Portugal.


No ofrece duda alguna que la Eurocopa 2020 (junio/julio 2020) con sede en España/Bilbao es otro momento clave para configurar y unificar todos los esfuerzos para presentar la candidatura del mundial a nivel europeo. También lo son, sin duda alguna, las finales de la Champions y la Europa League de mayo 2020 y, definitivamente lo es la reunión del Comité Ejecutivo de la UEFA del mes de septiembre. Es en estas fechas y en estos acontecimientos es donde las diversas candidaturas europeas deben conseguir convencer a los demás miembros de la UEFA de
que la candidatura, en este caso la Española/Portuguesa es la que deben dar apoyo. Y ya no existen otros foros o espacios comunes donde poder realizar esta labor.


La siguiente oportunidad para realizar todas las reuniones de presentación de candidatura y de trabajo interno para conseguir ser la candidata preferida de Europa ya serían en marzo/mayo de 2021 cuando sería ya totalmente tarde para poder tener opciones reales a ser una candidatura ganadora cuando se presente ante la FIFA.
 

Además de los eventos de carácter euroF0 hay dos eventos de carácter internacional claves para el devenir de la candidatura España-Portugal. el Congreso de la FIFA que se celebra el 5 de junio en Adís Abeba, Etiopía, en el que se reunirán las 211 federaciones de fútbol de todo el mundo, y los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 (julio-agosto). En estos eventos resultará fundamental obtener apoyos internacionales que aporten valor a la candidatura España y Portugal, esgrimiendo como uno de los argumentos fundamentales de la misma que se trata de la candidatura europea con más apoyo internacional y por tanto con más probabilidades de ser elegida por la FIFA como candidatura para el Mundial 2030.


Por tanto, es en mayo-junio 2020 cuando el proyecto inicial de candidatura debe estar totalmente definido para presentarlo al resto de federaciones europeas en cada uno de los foros conjuntos (mayo-septiembre son los meses en que esto se produce) y poder tener alguna chance de conseguir para España el Campeonato del Mundo de Futbol. Es evidente cualquier Otra candidatura que salga de Europa va a aprovechar precisamente estas únicas ventanas que existen para realizar las tareas de difusión y de presentación para obtener los apoyos necesarios.


Es evidente que sólo puede presentarse socialmente una candidatura para un Mundial de fútbol que pretenda ser sólida y creíble si las estructuras directivas de la Federación (es decir, Presidente, Junta Directiva y Asamblea) tienen un mandato consolidado y válido para un período de 4 años.
 

No tiene credibilidad una candidatura 0 un proyecto deportivo de esta envergadura que pueda verse limitado o incluso modificado o rechazado por un equipo rector distinto que dirija la Federación con unas prioridades u objetivos distintos.


Por tanto, sólo puede presentarse una candidatura en los plazos que requiere este tipo de dinámicas si el equipo que debe liderarlo ha sido ratificado por los estamentos en un proceso electoral que ha validado dicha propuesta y tiene por delante los 4 años que le permiten poder comprometerse y ser percibido como un compromiso firme la
presentación de la candidatura para la organización del mundial de fútbol.


Esta es la razón por la que solicitamos que el proceso electoral se desarrolle y finalice en el primer trimestre del año 2020.


Atentamente.
Luis M. Rubiales Béjar
Presidente

 

 

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