El TAD, obligado a dejar en suspenso el caso Rocha tras el recurso y la querella

Hace escasas semanas, el juez de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional ordenó al TAD que resolviera de nuevo sobre el expediente sancionador a Pedro Rocha, expresidente de la RFEF.
Y antes de fallar de nuevo, deberá analizar todas las alegaciones formuladas en su día por el expedientado.
Sin embargo, después de dicha sentencia se han producido dos acontecimientos relevantes que afectan directamente a su ejecución.
En primer lugar, un recurso de apelación del propio Pedro Rocha en el que pide que se anule totalmente su sanción, sin retroacción del procedimiento, es decir que se anule sin que el TAD vuelva a fallar de nuevo sobre el asunto.
Este recurso impide que la sentencia adquiera firmeza, lo que constituye un obstáculo insalvable para que pueda ejecutarse, salvo que el propio Rocha pidiera la ejecución provisional, lo que entraría en contradicción con el recurso que él mismo ha presentado, por lo que no va a ocurrir.
Y, en segundo lugar, la sustanciación de una causa penal contra tres miembros del TAD tras una querella interpuesta también por Pedro Rocha en la que les acusa de haber incurrido en un presunto delito de prevaricación al imponerle la sanción de inhabilitación de dos años.
La existencia de esta causa penal también obliga al TAD a suspender el procedimiento hasta que recaiga sentencia, conforme prevé el artículo 83 de la Ley del Deporte de 1990, aún vigente en materia disciplinaria.























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