Rubiales y su visión autárquica de la justicia deportiva
Foto RFEFEl dirigente federativo vino a dar a entender que, cuando se aplique en plenitud la nueva ley del deporte, las decisiones de los comités de apelación serán inapelables.
El presidente de la Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, pronunció un discurso este miércoles para inaugurar la jornada organizada por la RFEF sobre la "Libertad de expresión en el Fútbol".
Rubiales aludió a dos cuestiones muy importantes. La primera, referida al objeto de la jornada. De acuerdo con la información de EFE, el presidente de la Federación anunció que el nuevo código disciplinario federativo, pendiente todavía de aprobación, "va a ser ejemplarizante".
"Libertad de expresión”, dijo, “no es que cualquiera diga lo que le dé la gana. Hay gente que se escuda dentro del marco genérico de la libertad de expresión para que valga cualquier cosa, todo el mundo está sujeto a cualquier opinión sin límite y eso no es la libertad de expresión", dijo Rubiales durante la apertura de la sesión.
Sobre este primer punto, hemos de lamentar que la RFEF escoja el camino equivocado. La solución a este problema no está en aumentar la gravedad de las sanciones. Tanto AFE como juristas de la talla de José Luis Pérez Triviño han propuesto otras alternativas, tanto en la definición del tipo infractor, hoy previsto en el art. 106 del código, como en la sanción a imponer. Sobre este tema, el TAD indicó en su día el camino a seguir con la resolución sobre Álvaro Cervera.
Y a la hora de definir la sanción aplicable, en los casos en que efectivamente se cuestione la integridad de un colegiado, conviene plantearse si la suspensión de partidos es una sanción adecuada o, por el contrario, se debería optar por la multa, como hace la NBA o la propia RFEF en la versión anterior del código disciplinario. No pretendemos restaurar aquellas multas irrisorias de 1.500 euros, pero sí que se retome esta opción con cuantías acordes al nivel de la competición.
El club al que pertenece el jugador (los casos de Gayá y Canales son buenos ejemplos) no tiene por qué cargar con las consecuencias de sus excesos verbales.
La justicia deportiva en la nueva ley
En segundo lugar, Luis Rubiales se congratuló, sin mencionarlo, de la inminente desconexión del TAD de las sanciones federativas. No solo eso, dijo que con la nueva ley ya nadie acudirá a la justicia ordinaria contra una sanción disciplinaria y que eso es positivo.
Dijo Rubiales: "En España tenemos un sistema que permitía recurrir una sanción más allá de los órganos federativos yendo a la jurisdicción ordinaria, y eso nos genera un problema importante en cuanto a tiempos, seguridad jurídica y a la hora de explicar a la gente que ama el fútbol que haya cuestiones idénticas que se juzguen de una manera o de otra. Esto genera una desigualdad tremenda", añadió.
El dirigente federativo vino a dar a entender que, cuando se aplique en plenitud la nueva ley del deporte, las decisiones de los comités de apelación serán inapelables.
Lo primero que tenemos que decir es que cerrar el acceso a la justicia ordinaria a un colectivo nunca es una buena noticia. Desde luego, no contribuye a la “seguridad jurídica” ni evita “desigualdades”, sino todo lo contrario. El acceso a la justicia ordinaria es un derecho fundamental recogido en la Constitución como “tutela judicial efectiva”.
Por otro lado, no es cierto que la nueva ley impida el acceso de los clubes y deportistas a la justicia ordinaria. Lo que hace es reemplazar la contencioso-administrativa por la civil, gran error del legislador.
Con la nueva ley, muchos clubes que hasta ahora iban al TAD y se abstenían de recurrir a lo contencioso (con lo que el conflicto se cerraba pronto), podrán acudir ahora directamente al juzgado de primera instancia para impugnar las resoluciones del comité de apelación.
Es verdad que está previsto en la nueva ley un tribunal arbitral privado como alternativa al juzgado, pero no se olvide que ese tribunal será optativo, no obligatorio, como ocurre con todos los tribunales arbitrales.
Por consiguiente, el sistema nuevo incrementará la judicialización de la disciplina deportiva, justo lo contrario de lo que anticipa Rubiales. Ante la ausencia del TAD y la desconfianza que generará el nuevo tribunal arbitral, los sancionados se veran obligados a acudir en masa a los juzgados de primera instancia.
A la vista de lo expuesto, cabe preguntarse cuál era el verdadero objetivo de los autores intelectuales de la nueva ley al optar por privatizar la disciplina deportiva y mutilar al TAD.




















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