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José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Jueves, 07 de Julio de 2022

La ingeniería jurídica de la RFEF con los partidos en viernes y lunes

Este jueves, la RFEF emitió un comunicado en el que, entre otras cosas, tacha de mala fe a LaLiga por denunciar que las Bases de Competición recientemente aprobadas por la Comisión Delegada excluían los partidos en viernes y lunes.

 

Dice la RFEF:


“2. No existe en estos momentos ninguna sentencia firme que dé la razón a la Liga en el conflicto planteado y ni existe resolución definitiva alguna dictada por una administración pública referida a estos temas. Y ello, sin perjuicio del absoluto y completo respeto de la RFEF a las decisiones adoptadas hasta este momento tanto por la justicia como por el CSD que cumple de manera impoluta, sin haber generado la más mínima controversia al respecto.

...

La RFEF condena la mala fe y la situación ridícula a la que el Sr. Tebas está llevando a la Liga y en este caso a los clubes de la Comisión Delegada denunciando lo que ellos mismos reconocen que está pendiente de resolución judicial”.

 

¿Es que acaso no es verdad lo que denuncia LaLiga? ¿Qué es lo que dice la Base Octava de las Normas de Competición?

 

Lo advertimos antes de la reunión de la Comisión Delegada que aprobó las nuevas Bases: el fútbol español podría verse sumido de nuevo en un conflicto importante que parecía estar cerrado, el de los partidos en viernes y lunes.

 

Se trata de un tema que generó en su día una gran litigiosidad y que todos dábamos por cerrado tras los pronunciamientos del CSD y de la Audiencia Provincial, pero, como adelantamos y se ha confirmado, de cerrado nada.

 

A propuesta de la Junta Directiva, la Comisión Delegada de la RFEF aprobó hace escasos días unas bases de competición en las que se omiten los partidos en viernes y lunes y se establece que los partidos se celebrarán en sábado y domingo, contraviniendo claramente lo acordado por el CSD en octubre de 2020.

 

Literalmente, la base Octava de las Normas ya aprobadas dice lo siguiente:

 

"JORNADA Y HORARIOS: 1. Cada jornada de competición oficial deberá disputarse los sábados o los domingos dentro de las franjas horarias habilitadas para ello, salvo que exista un acuerdo entre la RFEF y la LNFP en el marco del Convenio de coordinación previsto en la legislación vigente".

 

O sea, según esta norma, si no hay acuerdo entre RFEF y LaLiga, ésta no podrá celebrar partidos en viernes y lunes. Y como ya conocemos la opinión de ambas partes, cabe vaticinar que no habrá partidos esos días de la semana. Otra cosa es que, por la vía de los hechos, la RFEF no prohìba de facto los partidos en viernes y lunes, pero eso no es derecho, eso es barbarie.

 

A la vista de esto, ¿cómo debemos interpretar el comunicado de la RFEF y las propias Bases? No se nos ocurre otra cosa que de pura ingeniería jurídica, por ser benignos.

 

No existen en el ordenamiento jurídico, ni en el público ni en el privado, en ninguna organización estatal, internacional, de derecho público o privado, normas con un contenido cuyo autor, al tiempo que las aprueba, dice mediante nota al pie que no se aplican.

 

En el mundo de las leyes no existen los asteriscos. No se puede legislar en un sentido y luego, mediante una nota al pie, decir lo contrario con el argumento de que hay un juicio pendiente.

 

Pero es que ni eso. Las notas al pie que contienen las bases aluden a franjas horarias, no a las jornadas de liga.

 

Independientemente de que la sentencia de la Audiencia Provincial, favorable también a los partidos en viernes y lunes, esté recurrida por la RFEF, aquí prevalece la resolución del CSD de octubre de 2020 y esta es contundente en cuanto a la disputa de partidos en viernes y lunes.

 

Los juristas de la RFEF saben perfectamente que esa resolución del CSD, que agota la vía administrativa, es inmediatamente ejecutiva y mantiene su vigencia mientras un tribunal no la anule o suspenda.

 

También saben que el juzgado de lo contencioso denegó la suspensión cautelar de la resolución del CSD que ellos solicitaron, por lo que sigue plenamente en vigor.

 

¿Por tanto, dónde está la mala fe de LaLiga en este punto? Quién tiene dos pronunciamientos, uno administrativo y otro judicial, a su favor?

 

¿Cómo se puede decir que se acata el ordenamiento español (y lo que acuerdan nuestras autoridades) y, al mismo tiempo, aprobar normas de competición en sentido opuesto?

 

En fín, ante tanta obviedad se nos hace difícil continuar con un tema que no ofrece duda alguna.

 

 

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