
Se trata de un tema que en su día generó una gran litigiosidad pero que todos dábamos por cerrado tras los pronunciamientos del CSD y de la Audiencia Provincial.
Si nadie lo remedia, el fútbol español podría verse sumido de nuevo en un conflicto importante que parecía estar cerrado: los partidos en viernes y lunes.
Los lectores de IUSPORT conocen perfectamente la problemática: durante las últimas temporadas, la RFEF se opuso frontalmente al deseo de los 42 clubes profesionales de fijar algunos partidos los días viernes y lunes al considerar que ello les da un mayor margen de negociación de los derechos audiovisuales con los distintos operadores. Es evidente que la puja de éstos no es la misma si se concentran todos los partidos en las mismas franjas horarias a que se emitan de forma separada.
Se trata de un tema que generó en su día una gran litigiosidad pero que todos dábamos por cerrado tras los pronunciamientos del CSD y de la Audiencia Provincial.
Pero acaba de saltar la sorpresa. La Junta Directiva de la RFEF se propone reabrir el conflicto este martes, al elevar a la Comisión Delegada de la Asamblea General unas bases de competición en las que se establece otra vez que los partidos se celebrarán en sábado y domingo.
Además de la asamblea telemática convocada para el martes 28 a las 12.00, se ha convocado reunión telemática de la Comisión Delegada el mismo día a las 11.00.
Literalmente, según el borrador al que hemos tenido acceso en IUSPORT, la base Octava de las Normas que serán sometidas a la Comisión Delegada de la Asamblea General dice lo siguiente:
"JORNADA Y HORARIOS: 1. Cada jornada de competición oficial deberá disputarse los sábados o los domingos dentro de las franjas horarias habilitadas para ello, salvo que exista un acuerdo entre la RFEF y la LNFP en el marco del Convenio de coordinación previsto en la legislación vigente".
O sea, según esta norma, si no hay acuerdo entre RFEF y LaLiga, ésta no podrá celebrar partidos en viernes y lunes y, como ya conocemos la opinión de ambas partes, cabe vaticinar un nuevo conflicto a gran escala para la próxima temporada.
Y con una novedad: también afectará a la nueva Liga Profesional de Fútbol Femenino, con la consiguiente repercusión en sus ingresos audiovisuales por razones obvias.
Por lo que se desprende del borrador, la RFEF pretende seguir regulando esta cuestión como si no existiera la resolución del CSD ni la sentencia de la Audiencia Provincial, ambas favorables a la disputa de los partidos en viernes y lunes.
No obstante, como la Federación tiene recurrida la resolución del CSD en lo contencioso administrativo, parece que pretende no aplicar la base Octava mencionada hasta conocer el desenlace de dicho recurso. Pero tampoco está claro porque habla de franjas horarias, no de jornadas.
Y para establecer esa suspensión temporal de la base Octava, la fórmula que ha escogido es unas notas a pié de página del siguiente tenor:
"1 La Comisión Delegada de la RFEF acuerda dejar en suspenso las franjas horarias hasta la resolución por la vía contencioso – administrativa de la decisión de la Comisión Directiva del CSD.
2 La Comisión Delegada de la RFEF acuerda dejar en suspenso las franjas horarias hasta la resolución por la vía contencioso – administrativa de la decisión de la Comisión Directiva del CSD, quedando la franja del domingo establecida entre las 11:00 y las 21:01 horas.
3 La Comisión Delegada de la RFEF acuerda dejar en suspenso las franjas horarias hasta la resolución por la vía contencioso – administrativa de la decisión de la Comisión Directiva del CSD, quedando la franja del domingo establecida entre las 11:00 y las 21:01 horas.
4 La Comisión Delegada de la RFEF acuerda dejar en suspenso el periodo protegido por razones de salud hasta la resolución por la vía contencioso – administrativa de la decisión de la Comisión Directiva del CSD".
Esta técnica normativa es tan aberrante como la que escogió la RFEF en 2020 con el Reglamento Electoral. Recuérdese aquello de 3 de agosto o 3 de septiembre,...a expensas de una orden ministerial que modificaría la orden vigente, la ECD/2764/2015.
En el caso actual, lo ortodoxo sería incluir en la base Octava el contenido íntegro de la resolución del CSD de octubre de 2020, que es la regulación vigente en este momento. A partir de ahí, si quieren poner alguna nota al pié para informar que lo tienen recurrido, ningún problema.
Establecer una suspensión de una norma con una nota al pie es algo, no solo incorrecto formalmente sino contrario al principio de seguridad jurídica, que es lo verdaderamente importante.
Al final, lo que genera todo este embrollo es incertidumbre entre los operadores audiovisuales, que verían cómo un asunto que parecía cerrado no lo está y esto perjudica económicamente a los clubes profesionales.
Las resoluciones de la justicia y el CSD
La Audiencia Provincial de Madrid, mediante una sentencia de 18 de junio de 2021 dio por cerrado el litigio dando la razón a LaLiga en el pleito con la RFEF sobre los partidos en viernes y lunes.
La Audiencia era coherente, así, con su auto del 1 de junio de 2020, que revocó el auto del juez de lo mercantil de 9 de agosto de 2019, en el que ya había anticipado su criterio en este asunto. Entre otras cosas, la Audiencia declaró que la actuación de la RFEF "constituye una pura medida de presión para la obtención de un beneficio económico y una actualización obstaculizadora de la actividad de LaLiga en el ámbito de sus competencias, tanto de organización como de comercialización de los derechos de explotación de los contenidos audiovisuales de estas competiciones".
Pero no sólo la justicia dio la razón a LaLiga. También lo hizo la administración competente, el CSD, que en resolución de octubre de 2020, falló a favor de la patronal en este tema.
Esta última resolución, la del CSD, es la que se ha venido aplicando desde entonces, si bien ha sido impugnada por la RFEF en lo contencioso y está pendiente de sentencia.
Conviene recordar que el juez de lo contencioso ya rechazó la cautelar pedida por la RFEF contra la resolución del CSD que autorizó los partidos en viernes y lunes.
La resolución vigente del CSD de octubre de 2020
En octubre de 2020, el Consejo Superior de Deportes dirimió el conflicto definitivamente en una resolución de la que dimos cuenta en su día, autorizando los partidos de LaLiga en viernes y lunes, en este último caso un máximo de 20 jornadas por temporada.
Esta es la parte dispositiva de la resolución aún vigente:
"1. Autorizar la celebración de partidos los viernes, correspondientes a la respectiva jornada del calendario oficial de partidos en Primera y Segunda División A de la LNFP.
2. Autorizar la celebración de partidos los lunes, con las siguientes condiciones:
- Se podrán programar hasta un máximo de 20 jornadas por temporada, descontados los festivos, con, en principio, un solo partido por jornada.
- El uso de este día de la semana como hábil para la competición se orientará principalmente a la reprogramación o recuperación de jornadas completas o partidos eventualmente aplazados o suspendidos por motivos sanitarios relacionados con la pandemia de COVID 19 u otras eventualidades.
Además, el organizador, a la hora de programar partidos este día de la semana, siempre equilibrará el principio de equivalencia entre clubes y el calendario de partidos oficiales internacionales de los equipos de la liga de primera división.
3. Fijar una franja horaria, delimitada y reservada, hasta las 14:00 horas de los sábados y domingos, para la celebración y eventual retransmisión de partidos correspondientes a la Primera División de fútbol femenino y al resto de categorías de fútbol federado no profesional y de deporte base"
























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