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José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Ver comentarios 1 Jueves, 13 de Agosto de 2020

El Instructor estrecha el cerco al Fuenlabrada: se atisba la propuesta de descenso

El informe incorporado este miércoles por parte del Instructor al expediente del Fuenlabrada, ya en la recta final de la "instrucción" del mismo, es la pieza del puzle que le faltaba para proponer el descenso administrativo al Comité de Competición.

El pasado sábado comentábamos que tras la derrota del Fuenlabrada frente al Dépor en el polémico partido aplazado, al instructor nombrado por la RFEF ya no le servía proponer al Comité de Competición que se le dé por perdido el partido al conjunto madrileño.

 

Para ser exactos, decíamos, sí puede pedir que se le dé por perdido por 3-0, resultado mejor que el 2-1 producido en el campo, pero esto carece de relevancia en la clasificación actual de Segunda.

 

Recuérdese que esa medida ya la planteó como provisional el Instructor pero el Comité de Competición se la denegó aduciendo, con buen criterio, que no puede adoptarse como provisional una medida irreversible, de consecuencias irreparables, aplicando el art. 28 del código disciplinario de la Federación, que secunda al 56 de la ley 39/2015.

 

Llegados a este punto, nos hacíamos, y reiteramos ahora, la misma pregunta: ¿Qué hará el instructor?, ¿propondrá el archivo del expediente o, al contrario, elevará el listón de las sanciones a imponer?

 

Ya habíamos contestado a esta pregunta en el sentido de que, si nos guiamos por el tenor literal de la propuesta de medida provisional que le fue rechazada, cabe prever que su propuesta será la sanción de descenso administrativo del Fuenlabrada.

 

A pesar de que el juzgado de instrucción número 6 de A Coruña no ve indicios de delito contra la salud pública, y de que el juez de disciplina de LaLiga ha archivado el expediente al Fuenlabrada, declarando que no ha incumplido los protocolos, el instructor ya dejaba entrever que la pérdida del partido era la sanción mínima, pero que no descartaba otras. Literalmente dijo: "el principio 'pro competitione' impone adoptar cautelarmente ya esta sanción, como mínimo".

 

Cerrar el círculo

Pero al Instructor le faltaba cerrar el círculo. Tenía el discurso elaborado pero con cimientos de barro.

 

Ahora, tras el informe de la Xunta incorporado al expediente, cree que ya ha completado la ecuación y prevemos que tardará horas en emitir su propuesta de sanción doble: pérdida del partido (por 3-0) y descenso administrativo. Antes de que termine la semana podríamos conocer su propuesta en ese sentido.

 

De aceptar la propuesta el Comité de Competición, ello implicaría una vacante en Segunda división para la próxima temporada y el Dépor, aupado a la cuarta plaza por la cola, la primera de descenso, tras la victoria sobre el Fuenlabrada se ve con opciones para hacerse con esa plaza.

 

El Dépor pide directamente el descenso administrativo de Fuenlabrada 

Además de tratarse de una iniciativa del Instructor, el Dépor ha pedido expresamente la sanción. Según el Instructor, el club ha reiterado su petición este miércoles de que proponga el descenso administrativo, tal y como informó EFE.

 

Ayer, el Dépor se dirigió al Instructor solicitando "Que tenga por presentado tempestivamente este ESCRITO DE ALEGACIONES y acuerde la prosecución del Expediente 562-2019-20, por sus trámites, y tras la completa instrucción del mismo, se imponga al C.F. FUENLABRADA, S.A.D., la sanción de pérdida o descenso de categoría o división dados los múltiples y reiterados incumplimientos de la normativa federativa invocada, sin perjuicio de las restantes sanciones y medidas que esa RFEF considere que procedan con objeto de restablecer la integridad de la Liga de Segunda División”.

 

Recuérdese que el TAD falló en contra del Dépor en el partido frente al Extremadura, al declarar que este no incurrió en alineación indebida, lo que impidió asignarle al Dépor los 3 puntos.

 

Por tanto, el Dépor tiene depositadas ya todas sus esperanzas en una liga de 24, que aún está por decidir, y en la plaza que dejaría vacante el Fuenlabrada si es descendido.

 

Sin embargo, antes de llegar a ese punto habría que dilucidar varias cuestiones:

 

1.- Si el Comité de Competición ostenta facultades en este caso.

 

2.- En el supuesto de que se declarara competente, si el nuevo informe de la Xunta, y el resto de pruebas obrantes en el expediente, son bastantes como para sustentar el descenso administrativo del Fuenlabrada.

 

3.- Y, finalmente, si a juicio del Comité de Competición procediera tal sanción, cuál sería el equipo con mejor derecho para cubrir la eventual vacante: ¿el Dépor, que ha descendido en el campo, o el equipo con mejor coeficiente de la Segunda B que se quedó sin ascenso?.

 

Respondemos a las tres preguntas:

 

1.- ¿Tiene competencia el Comité de Competición de la RFEF?

 

Ya lo hemos explicado. A nuestro juicio no. Antes de entrar a analizar la inminente propuesta del instructor, Competición deberá resolver sobre si ostenta competencia en este caso y ya nos hemos pronunciado en sentido negativo. A nuestro juicio, no la tiene, por lo que debería declararse incompetente y archivar el expediente.

 

La actuación que se imputa al Fuenlabrada no se produce en el seno de la competición. Recuérdese que el partido contra el Dépor no llegó a iniciarse el día 20 de julio al haber sido suspendido.

 

Por consiguiente, no hay ninguna acción del Fuenlabrada que pueda subsumirse en infracción alguna del código disiciplinario de la RFEF.

 

2.- ¿El nuevo informe de la Xunta aporta algo nuevo al respecto?

 

A nuestro juicio, no. Según la información facilitada por EFE, los hechos nuevos que aporta el informe son dos: que el Fuenlabrada notificó los positivos a la Xunta a las 21.41 del día 20 de julio; y que sus jugadores mantuvieron cuatro contactos fuera del club: un periodista y los tres conductores de los autobuses.

 

Como puede verse, tampoco se trata de presuntas infracciones al código disiciplinario de la RFEF. Admitiendo estos hechos como ciertos, tampoco tendría competencia el Comité de Competición.
 

Ya hemos explicado que si el equipo madrileño ha incumplido el protocolo sanitario, estaríamos ante una cuestión interna de la asociación de clubes denominada Liga Nacional de Fútbol Profesional o de la autoridad competente en salud pública, pero no de la RFEF al no tratarse de una cuestión de orden competicional.

 

En cuanto a LaLiga, ya sabemos que el juez de disciplina de la patronal ha declarado que el club madrileño no  incumplió los protocolos.

 

Y en cuanto al departamento de sanidad de la Xunta de Galicia, la propuesta que conocíamos hasta hace unos días, desvelada por La Voz de Galicia, era la de una simple multa y el reconocimiento de que los jugadores del Fuenlabrada nunca mantuvieron contacto con personas ajenas al club en A Coruña. El nuevo informe dice que mantuvieron contactos, pero con un periodista y tres conductores, es decir, personas ajenas a la competición.

 

3.- Por último, en cuanto a la cobertura de la plaza vacante, si finalmente se decreta el descenso del Fuenlabrada, nada hay previsto expresamente en la reglamentación de la RFEF para estos casos, por lo que no tenemos ningún criterio jurídico que exponer al respecto.

 

El reglamento general de la RFEF, en sus arts. 191 y siguientes, recoge una serie de reglas para cubrir las vacantes, pero no son aplicables a las competiciones profesionales, en las que se remite al convenio con LaLiga.

 

 

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