
La resolución final de la RFEF, abriendo solo el sobre de Mediapro tras el segundo auto del juez podría tener consecuencias graves.
Como ya informamos, este viernes se produjo la segunda resolución judicial en el contencioso que mantienen la RFEF y la operadora Mediapro en torno a la retransmisión de la final de Copa de este sábado, tras las inejecución por parte de la Federación del auto del lunes, que accedió a las medidas cautelares solicitadas por Mediapro por su exclusión del concurso de adjudicación de los derechos audiovisuales de la final de la Copa del Rey.
A la vista judicial asistieron los representantes legales de la RFEF y de Mediapro, tras cuyas intervenciones, en un auto al que ha tenido acceso IUSPORT, el Juez decidió ratificar la medida cautelar (cautelarisima) del pasado lunes, lo que obligaba a la Federación a retrotraer el concurso al momento anterior al acto de apertura de los sobres que contienen las ofertas de los licitacitadores, incluyendo el de Mediapro.
Literalmente, el juez acordó este viernes:
"Se desestima la oposición continuando la ejecución adelante, consistente en retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al acuerdo de exclusión, y proceder a tramitar el mismo conforme el pliego de contratación, con la apertura de sobres, con los apercibimientos legales oportunos referidos en los fundamentos de esta resolución"
Pues bien, en IUSPORT hemos sabido que Mediapro ejercerá acciones legales contra la RFEF por la final de Copa, tanto civiles como penales.
En virtud del auto, la RFEF debía proceder a emplazar a todos los ofertantes a una segunda vuelta, tal y como se hizo en la primera fase. Sólo así se garantizaría la igualdad a los ofertantes.
Sin embargo, la RFEF abrió el sobre de Mediapro y volvió a adjudicar la final de Copa a TVE. La presencia de Notario no subsana el defecto cometido.
Dice el comunicado de la RFEF de las 19.15 de este viernes 24:
"Tras la apertura del sobre que contiene la oferta presentada por Mediapro para obtener los derechos de retransmisión para España de la Final de la Copa de SM el Rey 2019, la RFEF confirma que será televisada por RTVE, al ser el operador que ha planteado la propuesta económica de mayor cuantía.
Al mismo tiempo, podrían concurrir causas de incompatibilidad para la emisión de dicho partido por parte de Mediapro, según prevé el Real Decreto Ley 5/2015.
El sobre con la oferta de Mediapro ha sido abierto esta tarde en la sede de la RFEF, en presencia del notario y de la representación legal de la citada compañía.
En estos momentos es imposible, por falta de tiempo, convocar a los cuatro operadores para proceder a nueva ronda de ofertas."
Es obvio que ello no coincide con lo acordado por el Juez este viernes:
"CUARTO.- Resolución que se adopta.
Se desestima la oposición a la medida cautelar, siguiendo el procedimiento adelante, debiendo la RFEF proceder a tener por incluida la oferta de Mediapro al retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al acuerdo de exclusión, y proceder a tramitar el mismo conforme el pliego de contratación, con la apertura de sobres (incluido el de Mediapro)".
Este apartado del auto deja claro que debían abrirse todos los sobres, no solo el de Mediapro. Y, lógicamente, dara todos de nuevo un plazo de horas para mejorar la oferta.
Acciones a emprender por Mediapro
A la vista de lo acontecido, Mediapro ya ha ordenado a sus servicios jurídicos que analicen las acciones concretas a presentar contra la RFEF.
Una será la reclamación de daños y perjuicios, y otra, instar al juez para que deduzca "testimonio por desobediencia a la Autoridad" ante el incumplimiento de la RFEF respecto a los autos dictados. Esto último, en base a lo que recoge el propio auto de este viernes.
Dice el auto al respecto:
"Se comunica a la demandada que atendiendo a la conducta y a la ausencia de respuesta respecto a la medida acordada, así como a la omisión de llevar a cabo dicha conducta de retrotraer y proceder a abrir sobres, atendiendo los intereses en conflicto, se deducirá testimonio por desobediencia a la Autoridad si no se cumple con lo ordenado, atendiendo a los intereses en juego".
Y tampoco se descarta una querella directa de la operadora.



























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