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La reforma estatutaria del COE prepara el terreno para reemplazar al TAD

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Domingo, 31 de Marzo de 2019

Aunque el COE ya cuenta con un tribunal arbitral, han querido reforzarlo y delimitarlo de esta manera en los nuevos estatutos de la institución.

Este domingo informamos en primicia en Onda Cero y en IUSPORT de la carta que el presidente del COE, Alejandro Blanco, remitió el pasado miércoles 27 de marzo a sus miembros, en la que les expuso el proyecto de reforma de los estatutos de la institución (que adjunta).

 

En la misiva les informa asimismo que el plazo para alegaciones vence el 11 de abril. El 15 de abril será examinado nuevamente por la Comisión Jurídica del COE, el 23 por el Comité Ejecutivo, que remitirá el texto final al COI para su conformidad. Finalmente, está previsto que sean aprobados en la Asamblea General de 29 de mayo.

 

Rafa Fernández ya informó en IUSPORT del primer gran asunto abordado, el sistema de votación. Blanco advierte, y aquí radica el meollo del asunto, de que en la Asamblea General Extraordinaria del 29 de mayo se someterá a votación la totalidad del último texto propuesto por el Comité Ejecutivo para que adquieran eficacia inmediata. O sea, que no se votará artículo a artículo, sino todo el texto en bloque.

 

En este punto, ya os contó el plan trazado para elevar el listón de acceso a la presidencia del organismo.

 

Los nuevos estatutos preparan al COE para reemplazar al TAD

 

Pues bien, otro punto importante del cambio estatutario está en la previsión de un tribunal arbitral.

 

El nuevo art. 4.2.q) incluye entre las competencias del COE la siguiente:

 

"Velar por la resolución de conflictos entre partes, en el ámbito del deporte español, mediante sistemas extrajudiciales, como la mediación y el arbitraje deportivos. Para ello, el Comité Olímpico Español contará con un Código de Mediación y Arbitraje Deportivos que, aprobado por la Asamblea General, sirva para dicho fin, sin perjuicio de las competencias que corresponden en última instancia al Tribunal de Arbitraje del Deporte, sito en Lausana (Suiza)".

 

Y en el 25.b añade: "La Comisión de Mediación y Arbitraje Deportivos, que se regirá por lo dispuesto en el Código de Mediación y Arbitraje Deportivos a que se refiere el artículo 4.2.q de los presentes Estatutos".

 

Aunque el COE ya cuenta con un tribunal arbitral, han querido reforzarlo y delimitarlo de esta manera en los nuevos estatutos de la institución.

 

Como puede verse, se trata de un texto en perfecta concordancia con el anteproyecto de ley del deporte del ministro Guirao, en el que se reduce al TAD a la mínima expresión, según explicó IUSPORT.

 

El COE ya está preparando el terreno para que su tribunal de arbitraje reemplace al TAD en la mayor parte de los asuntos, opción esta que ya ha sido criticada duramente en IUSPORT, por ser lenta, privada, cara y sin acceso a la tutela judicial.

 

Al contrario que el TAD, un órgano gratuito, eficiente e idóneo cuya permanencia es indispensable, lo cual no significa que compartamos siempre sus resoluciones, que por cierto sí son revisables por los tribunales, según ha explicado IUSPORT.

 

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