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La Audiencia revoca otro auto del juez Sánchez Magro y falla a favor de LaLiga

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Lunes, 15 de Febrero de 2021

Se trata de otro auto revocado al juez Sánchez Magro, el mismo que falló en contra de LaLiga en el caso de los viernes y los lunes. Aunque el fondo de ese asunto sigue pendiente de otra sentencia de la Audiencia Provincial, esta ya le había enmendado la plana en un auto de junio de 2020 respecto a su auto de agosto de 2019 sobre las cautelares de los viernes y lunes

En un auto de 29 de enero, al que ha tenido acceso IUSPORT, la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de LaLiga contra el auto del Juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid que en septiembre de 2019 había estimado una demanda de medidas cautelares de la RFEF relativa a la campaña sobre el fútbol femenino realizada por la patronal.

 

No es la primera vez que la Audiencia corrige al juez Sánchez Magro en un asunto de fútbol. En junio de 2020 le revocó el auto por el que de forma cautelar el juez de lo mercantil daba la razón parcialmente a la RFEF en el caso de los partidos en viernes y lunes. El citado auto de la Audiencia de junio de 2020 fue demoledor porque desmontaba uno a uno los argumentos en los que se basó el juez. Especialmente el punto donde le dice que está equivocado en el concepto de "coordinación", tantas veces esgrimido por la RFEF para defender su supremacía.

 

La Audiencia le indicaba al juez entonces que "La coordinación no consiste en una actividad remunerada ni pretende crear ningún valor añadido del que deba participar la RFEF, y menos con un porcentaje de los ingresos que perciben los clubes profesionales por la comercialización de "sus" derechos audiovisuales. Y añadía: "La RFEF puede ejercer o no esa función de coordinación, pero no a cambio de una retribución si "autoriza". No es ese el fin de la coordinación. A salvo naturalmente de las cantidades que legalmente debe percibir en atención a determinados intereses generales conforme a lo previsto en el RDL 5/2015".

 

Para dar la información completa, conviene añadir que pese a la contundencia del auto de la Audiencia de junio de 2020, el juez Sánchez Magro dictó un nuevo auto en octubre de 2020 en el que discrepó abiertamente del criterio del órgano superior y decidió no mantener las medidas cautelares concedidas por la Audiencia a favor de LaLiga, amparándose en que él ya había dictado sentencia sobre el fondo del asunto en sentido favorable a la RFEF.

 

La lógica indica que la Audiencia, cuando resuelva el recurso contra dicha sentencia, mantendrá su criterio del auto de junio de 2020 y la revocará.

 

En cualquier caso, como ya hemos explicado, el procedimiento mercantil quedó en vía muerta desde el momento en que el CSD, haciendo uso de sus competencias, dirimió el conflicto en octubre de 2020, fallando a favor de la patronal sobre los partidos en viernes y lunes, como saben los lectores de IUSPORT.

 

un #FútbolAúnMásGrande

“Por un fútbol aún más grande”. Así se llamaba la campaña llevada a cabo por LaLiga en relación con el Copa Mundial de Fútbol Femenino Francia 2019 y la selección española de fútbol femenino. La patronal, en su apuesta por el fútbol femenino, lanzó en 2019 la campaña para realzar que, gracias al fútbol femenino, el fútbol es aún más grande. Se quería visibilizar la implicación y el valor de las mujeres en el fútbol.

 

Sin embargo, la RFEF consideró que LaLiga carecía de competencia en el fútbol femenino y que pretendía valerse del Mundial femenino de aquel año y de la selección para promocionar su marca. En base a ello, presentó una solicitud de medidas cautelares frente a LaLiga al objeto de que cesara de forma inmediata la campaña publicitaria.

 

El 23 de septiembre de 2019, el juez Sánchez Magro, titular del Mercantil número 2 de Madrid, dictó auto en el que, estimando parcialmente las medidas interesadas,  decidió condenar a LaLiga a "cesar en los anuncios que produzcan confusión y en los que se vincule dicha entidad con campeonatos internacionales de futbol femeninos y con la Selección Española de Futbol Femenino, previa prestación de caución de 3.000 euros por parte del solicitante".

 

Pues bien, tras el recurso de la patronal, en un auto del 29 de enero de 2021, la Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a LaLiga, anulando íntegramete el auto del juzgado.

 

La Audiencia advierte que contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

 

Principales fundamentos del auto

A la hora de rechazar las pretensiones de la RFEF, el auto de la Audiencia razona, entre otras cosas, lo siguiente:

 

"Consideramos que la RFEF no está en disposición de impedir a LALIGA de modo absoluto la realización de campañas promocionales que ensalcen la labor de la Selección Nacional de Fútbol Femenino en las competiciones internacionales. Así lo recordamos igualmente, aunque referido al fútbol masculino, en nuestro auto de fecha 4 de marzo de 2011, cuando dijimos que  “…resulta más que dudoso que dicha FEDERACION ostente la posibilidad de impedir -y por tanto de ceder dicho poder- el uso promocional en el mercado de cualesquiera acontecimientos deportivos en los que se encuentre implicada la Selección Española de Fútbol”.

 

"En este caso, la RFEF no justifica que LALIGA haya utilizado signos distintivos ajenos para transmitir un mensaje confusorio sobre el origen de las prestaciones. Antes al contrario, los únicos signos distintivos que pueden observarse en la campaña controvertida son los propios de LALIGA".

 

"Tampoco observamos que LALIGA se atribuya la organización de prestaciones que realizan otros agentes económicos, concretamente la FIFA; ni que transmita la idea de LALIGA forma parte de la FIFA o que intervenga en la conformación de la Selección Nacional de Fútbol femenino. No podemos alcanzar esa conclusión por el hecho de que se haya utilizado el logo de “LALIGA” y no el de “LALIGASPORTS”.  Por ello, tampoco podemos afirmar que la marca de LALIGA se asocie a las organizaciones y competiciones internacionales por el hecho de transmitir un mensaje de apoyo a la participación de la Selección Nacional de Fútbol Femenino en el Mundial de Francia".

 

"La idea del marketing de emboscada, entre otras modalidades, viene referida al supuesto en que un operador en el mercado transmite al consumidor un mensaje engañoso y confusorio sobre la organización de un evento  para captar patrocinadores de forma desleal. Aunque queramos trasladar esa idea al caso que nos ocupa, no encontramos base para afirmar que la campaña litigiosa transmita la idea falsa de que es LALIGA la entidad que organiza la Selección Nacional y su participación en eventos internacionales, en detrimento de la RFEF."

 

 

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