
Su presencia estaba motivada por el hecho de que durante la tramitación del expediente, el departamento de justicia puso un reparo esencial al anteproyecto.
Este martes pudimos ver al Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo (PSOE), acompañando a la portavoz del Gobierno (PSOE) y a la ministra Irene Montero (Podemos), en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros para explicar las líneas generales del anteproyecto de la 'ley trans'.
Su presencia estaba motivada por el hecho de que durante la tramitación del expediente, el departamento de justicia puso un reparo esencial al anteproyecto.
En el informe emitido por el Ministerio de Justicia, del que dimos cuenta en IUSPORT, consideró que eliminar la necesidad de presentar informes es congruente con lo que piden la Organización Mundial de la Salud y Naciones Unidas, pero, añade, esa concepción “no patologizante” de las personas trans obliga a buscar “otros mecanismos” para acreditar una situación “estable y persistente” de la transexualidad.
Por tanto, para dicho ministerio hacía falta algo más que la mera manifestación de voluntad a la hora de cambiar el sexo en el Registro.
Pero, al igual que ha ocurrido con los indultos del psocés, donde Sánchez ha confesado que ha cambiado de opinión, en este tema el ministro Campo recibió una instrucción directa de Moncloa: luz verde a la 'ley trans', en contra de lo que había sostenido la parte socialista del Gobierno hasta hace bien poco.
Y como donde manda capitán no manda marinero, el ministro de Justicia se puso manos a la obra y dijo este martes que (desdiciéndose de su informe previo) se ha dotado de seguridad jurídica a la norma.
Campo dijo que en consonancia con el Tribunal Constitucional se han seguido dos pautas básicas al respecto: la "madurez" y la "estabilidad o permanencia" (del cambio de sexo).
Y como se trata de un asunto especialmente delicado en los menores, añadió que los niños de 12 a 14 años deberán acudir al juzgado para que puedan cambiar de sexo mediante resolución de un juez, que es quien dirime esa madurez. Sí se presupone entre los menores de 14 a 16 años, que tienen que ser respaldados por sus padres. En caso de conflicto, habría un árbitro judicial. A partir de los 16 años, se hace individualmente.
Y añadió un argumento más, igualmente endeble en nuestra opinión, para defender la seguridad jurídica: el proceso de reversión. Es decir, el proceso por el cual una persona quiere volver a su género previo. Pasados seis meses, deberá hacerlo ante un juez. Con esto quiere evitarse cualquier fraude de ley y que alguien tratara de cambiar de sexo continuamente por algún interés. Por tanto, se da esa "permanencia".
























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