
La Corte de Apelación Penal del Cantón de Vaud (Suiza) ha revocado la sentencia dictada en rebeldía el 30 de septiembre de 2025 por el Tribunal de Policía del distrito de La Côte, que había condenado al expresidente de la RFEF, Luis Rubiales, por instigación a la grabación no autorizada de conversaciones en una reunión de la UEFA.
El texto al que ha tenido acceso IUSPORT no contiene los fundamentos jurídicos de la sentencia, por lo que desconocemos si la revocación obedece a motivos procesales (rebeldía) o a razones de fondo.
Rubiales había sido condenado a una pena pecuniaria de 60 días-multa, fijándose cada día-multa en 500 francos suizos, lo que suma un total de 30.000 francos suizos. Sin embargo, la ejecución de la pena ha sido suspendida, estableciéndose un periodo de prueba de dos años.
Además, el tribunal de primera instancia había decidido mantener en el expediente una llave USB que fue incautada durante la investigación, extremo este que ha sido confirmado por la Corte de Apelación, previendo la posibilidad de ulteriores recursos.
En el aspecto civil, el tribunal había determinado que Rubiales debía pagar la suma de 6.000 francos suizos a Javier Tebas, en concepto de indemnización conforme al artículo 433 del Código de Procedimiento Penal. Asimismo, se le imponían las costas procesales por un monto de 2.590,50 francos suizos, dejando el resto de los gastos a cargo del Estado.
La sentencia ahora revocada fue dictada en ausencia del acusado, lo que implicaba que Rubiales fue juzgado en rebeldía. No obstante, la resolución informó que el condenado tenía derecho a apelar la decisión dentro de los diez días siguientes a la comunicación de la sentencia, conforme al artículo 399 del Código de Procedimiento Penal suizo, como así ha ocurrido.
Tras la nueva sentencia, el Estado asume los gastos del procedimiento principal, mientras que Javier Tebas (parte acusadora) debe asumir los gastos de la apelación.























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