
La Comisión Electoral de la RFEF informa que ha recibido una denuncia de Miguel Galán sobre presunto incumplimiento del deber de neutralidad y que ha dado traslado de la misma a los interesados, de conformidad con el artículo 24.1 de la Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.
En la denuncia de Galán, a la que ha tenido acceso IUSPORT, se expone lo siguiente:
Que Rafael Louzan, presidente de la Federación Gallega, y Sergio Merchan, presidente de la Federación Extremeña, en sus respectivas funciones dentro de la RFEF, han realizado gestiones que pueden entenderse como una vulneración del deber de neutralidad que les corresponde en su calidad de miembros de la comisión gestora y presidente territorial, así como miembro de la comisión de presidentes territoriales.
Que, de acuerdo con la orden ministerial que regula los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas, es imperativo que los directivos mantengan una postura imparcial y no influyan favorablemente hacia ningún candidato o candidatura en particular.
Que se ha constatado que Rafael Louzan y Sergio Merchan han solicitado avales en la sede de la Asociación de Futbolistas Españoles, lo que constituye, según Galán, una clara acción a favor de determinadas candidaturas, comprometiendo la transparencia y la equidad que debe regir en el proceso electoral.
Galán termina solicitando una investigación de los hechos descritos, la adopción de las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de la orden ministerial y el deber de neutralidad en el proceso electoral, y la sanción correspondiente a los responsables de estas acciones, si se determina que han incurrido en irregularidades.
Otros recursos
Por otro lado, la Comisión informa que, recibidas impugnaciones de Pau Codina Llopis y Miguel Galán, relativas a la exigencia del requisito de avales, ha elaborado los informes correspondientes y procedido a elevarlos al TAD.
Por último, la Comisión informa que, de conformidad con el calendario electoral actualizado, el 6 de diciembre de 2024 finaliza del plazo para recurrir la proclamación provisional de candidaturas ante el TAD.
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