
La Comisión Delegada de la Real Federación Española de Fútbol ha aprobado este lunes por mayoría (7 votos contra 4) el texto supuestamente definitivo del Reglamento Electoral tras subsanar los defectos señalados por el TAD en el informe que conocen nuestros lectores.
Ya han asumido que tienen que celebrar dos procesos electorales, uno ahora para elegir presidente con la asamblea general actual, único que puede convocar la comisión gestora, y otro después para elegir la nueva asamblea y presidente para el ciclo olímpico 2024 - 2028.
El único punto de debate fue decidir cuál es el reglamento que ha de regir las elecciones anticipadas a la presidencia, que corresponden al ciclo 2020-2024.
Como hemos explicado, entre las diferencias hay una sustancial: con el nuevo reglamento, los asambleístas solo pueden avalar a un sólo candidato, lo cual, obviamente, favorece a los que están dentro.
Dice el artículo tículo 36. Elegibles.
"1. Podrá ser candidato a la Presidencia cualquier persona, española y mayor de edad, que no incurra en causa de incapacidad o inelegibilidad.
2. Además, deberá ser presentado, como mínimo, por el quince por ciento de los miembros de la Asamblea General. Cada miembro de la Asamblea General podrá presentar a un solo candidato.
En caso de que un miembro de la Asamblea haya presentado a más de un candidato o candidata, será requerido por la Comisión electoral para manifestar expresamente y por escrito si retira todos los apoyos o mantiene uno de ellos, que, en dicho supuesto, se considerará el único válidamente presentado".
Ante la duda sobre cuál reglamento es aplicable a las elecciones presidenciales, han acordado elevar consulta al CSD sobre tal extremo. Una cuestión sobre la que en IUSPORT no albergamos duda alguna: se debe aplicar el reglamento anterior.
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Durante la reunión se vivió un momento chusco al intentar quitar del reglamento la carátula que decía PERIODO ELECTORAL 2024-2028, lo que fue restaurado y vuelto a quitar ante la mirada atónita de los presentes.
No obstante, el nuevo reglamento sigue sin incluir una disposición derogatoria por lo que no deroga expresamente el reglamento electoral anterior.
![[Img #162112]](https://iusport.com/upload/images/03_2024/9994_2112024233641.jpg)
El siguiente paso es su aprobación definitiva por la Comisión Directiva del CSD.
En cuanto a la consulta, el CSD debería ser categórico: el reglamento nuevo no se puede aplicar a situaciones jurídicas nacidas antes de su entrada en vigor.























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