Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Galán advierte a Rocha con querellarse si no convoca elecciones anticipadas

IUSPORT IUSPORT Jueves, 25 de Enero de 2024

El pasado 19 de enero decíamos en IUSPORT que la decisión del TAD de no abrir expediente a Rocha y a la Gestora por no convocar elecciones presidenciales anticipadas tras la dimisión de Luis Rubiales, no le exime de su obligación de convocar dichas elecciones, previstas en el artículo 31 de los Estatutos de la RFEF.

 

Como hemos explicado en IUSPORT, ni el CSD, al autorizar el adelanto electoral, ni el TAD al decidir no abrir expediente sancionador, han dictaminado que la Gestora podía eludir la convocatoria de esas elecciones. Por tanto, Rocha debió y debe convocarlas.

 

Pues bien, Miguel Galán, entrenador y presidente de CENAFE, ha dirigido un nuevo escrito a la RFEF, con copia al CSD, instándole para que convoquen las referidas elecciones anticipadas antes que las ordinarias de 2024.

 

No sólo esto, Galán advierte de que ejercerá acciones penales si se vulnera la normativa vigente eludiendo la RFEF la convocatoria de tales elecciones y convocando sólo las elecciones ordinarias.

 

Literalmente, Galán expone lo siguiente:

 

"Requerir a la Real Federación Española de futbol para que cumpla con el articulo 31.8 de los estatutos de la RFEF, ANTES de la convocatoria de las elecciones ordinarias cuatrianuales periodo 2024-2028 y para que le informe que la autorización otorgada para la convocatoria de las elecciones ordinarias cuatrianuales periodo 2024-2028 NO le exime de realizar las elecciones parciales anticipadas a la presidencia de la RFEF indicada por el articulo 31.8 de los estatutos de la RFEF para cubrir la baja de Rubiales".

 

Acciones penales

 

Galán cita el auto del Magistrado-Juez Joaquín Aguirre, titular del Juzgado de Barcelona que instruye el caso Negreira, según el cual los directivos de las federaciones tienen la consideración de funcionarios públicos a efectos penales.

 

En base a ello, concluye Galán, si convocan elecciones ordinarias cuatrianuales, periodo 2024-2028, sin cumplir previamente el artículo 31.8 de los estatutos de la RFEF, "nos reservamos las acciones judiciales pertinentes por un presunto delito de prevaricación por omisión".

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.