
El ex presidente de la FCF y actual vicepresidente de la RFEF, Joan Soteras, ha recibido dos duros golpes en la justicia contencioso administrativa.
En dos autos de este lunes, el TSJ de Cataluña ha rechazado todas las medidas cautelares solicitadas por el ya expresidente de la Federación Catalana tras la resolución del Tribunal Catalán que ordenó la repetición de las elecciones.
El 12 de enero, el Tribunal Catalán del Deporte (TCD) declaró nulo el acto de votaciones del 22 de mayo de 2022, por el que se proclamó a Soteras presidente de la Federación Catalana de Fútbol.
Posteriormente, el viernes 27 de enero, el citado Tribunal administrativo requirió, bajo advertencia de expediente disciplinario, que se constituyera la Comisión Gestora en el plazo máximo de 24 horas.
Pues bien, tal y como habíamos anticipado en IUSPORT, este lunes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala de lo Contencioso Administrativo) ha denegado todas las medidas cautelares solicitadas por Soteras, encaminadas a que no pudiera ejecutarse la resolución del TCD sobre el nuevo acto de votaciones el próximo 13 de febrero.
Por otro lado, también el TSJC le ha denegado las medidas cautelarísimas (inaudita parte) solicitadas contra el requerimiento del TCD de 27 de enero, por el que le obligaba a constituir la Comisión Gestora y a retirar los comunicados realizados por su Junta Directiva en rechazo de la resolución del Tribunal administrativo de la Generalitat.
Asimismo, han solicitado a la Secretaría General del Deporte y de la Actividad Física de Cataluña que ordene la presencia de inspectores de la Generalitat en las reuniones que celebre la Junta Electoral, cuyas decisiones polémicas están siendo rechazadas por los candidatos opositores a Soteras.
Por tanto, las votaciones para elegir presidente y junta directiva de la Federación Catalana de Fútbol deberán celebrarse el próximo lunes 13 de febrero.
En la mesa del Tribunal Catalán del Deporte, están sin resolver todavía los recursos presentados por los dos candidatos Talavera e Isern, en los que se solicita la invalidez de la fecha del 13 de febrero, al superar el plazo máximo establecido por dicho Tribunal, y que se prohíba la participación de la candidatura de Soteras en las próximas votaciones, por incumplimiento de la normativa electoral.
























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