
AFE considera, como siempre ha mantenido, que es fundamental que los y las futbolistas dispongan de al menos 72 horas de descanso desde la disputa del último partido, algo que no se cumplirá con algunos jugadores internacionales que deben disputar los partidos Sevilla-Barcelona y Villarreal-Alavés.
Tras la decisión del Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de no aplazar, a petición de LaLiga, los partidos Sevilla-Barcelona y Villarreal-Alavés, correspondientes a la cuarta jornada de Primera División, la Asociación de Futbolistas Españoles ha emitido un comunicado en el que expresa lo siguiente:
"AFE siempre ha mantenido en cuestiones relacionadas con el calendario que es absolutamente necesario adoptar todas las decisiones encaminadas a preservar la salud de los y las futbolistas.
Por ello, AFE considera, como siempre ha mantenido, que es fundamental que los y las futbolistas dispongan de al menos 72 horas de descanso desde la disputa del último partido, algo que no se cumplirá con algunos jugadores internacionales que deben disputar los partidos Sevilla-Barcelona y Villarreal-Alavés.
Y, para finalizar, además de no transcurrir las 72 horas recomendadas entre partido y partido, se añaden factores como el cambio de huso horario y las horas de vuelo".
Por qué se equivoca Competición
En IUSPORT ya hemos explicado por qué en este caso no es aplicable el punto 3 del art. 239. El Reglamento de la RFEF estipula en el artículo 239.1 que “No podrá autorizarse la suspensión y aplazamiento de un encuentro a fecha que suponga alteración del orden del calendario salvo razones de fuerza mayor indubitadamente acreditadas o recogidas reglamentariamente”.
Por consiguiente, una vez acreditada la causa de fuerza mayor por parte de LaLiga, consistente en la imposibilidad de los cuatro equipos citados de alinear a varios jugadores, debido, no al calendario aprobado inicialmente por la FIFA, sino a una modificación posterior que está impugnada ante el TAS y pendiente de resolución, y ante el riesgo de que se vea adulterada la competición, el Comité de Competición debería haber accedido al aplazamiento solicitado.





















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