
El futbolista del Deportivo fue detenido en la calle por los agentes y trasladado a dependencias policiales en la ciudad gallega.
El capitán del Deportivo, Álex Bergantiños, ha abandonado la comisaría de la Policía Nacional en A Coruña en la que ha prestado declaración este miércoles tras haberse referido, en un audio que envió a sus compañeros y que fue filtrado, al partido con el Fuenlabrada como un "paripé", motivo por el que está siendo investigado.
El futbolista del Deportivo fue detenido en la calle por los agentes y trasladado a dependencias policiales en la ciudad gallega.
Fuentes próximas a la investigación han confirmado a Efe que se le ha interrogado por si pudiera haber cometido un delito de corrupción entre particulares en el ámbito del deporte.
La detención del jugador se produjo en el marco de una investigación que procede de Madrid y, según ha explicado el propio Bergantiños a su salida de las dependencias policiales, fue abordado cuando se dirigía a su casa tras haber estado en un parque próximo, donde acababa de conceder una entrevista.
El jugador se ha mostrado tranquilo y ha quedado en libertad tras ofrecer explicaciones a la Policía.
En el audio difundido por COPE, Bergantiños pedía a sus compañeros que se presenten para jugar el partido aplazado de la última jornada en Riazor para apurar las opciones de quedarse en LaLiga SmartBank si prospera el procedimiento contra el Fuenlabrada.
"He hablado con el presidente y el abogado del club. Lo de la liga de 24 está imposible y la única alternativa de salvar al club del descenso es que siga para adelante el procedimiento que hay contra el Fuenlabrada y que los desciendan", asegura el futbolista en su mensaje.
"Para que no te den el partido por perdido y te quiten puntos por incomparecencia los abogados consideran que lo mejor es presentar mínimo 8 profesionales. No sé qué tipo de partido podría ser, de paripé, incluso hablar a lo mejor con los del Fuenlabrada, 1-0 y nos sentamos, no sé cómo puede hacerse eso", señala en el audio.
El delito de corrupción deportiva
Conviene recordar que el delito de corrupción deportiva es un delito, en cierta medida, “novedoso”: fue introducido por la reforma del Código Penal de 2010, que recogió el fraude y la corrupción en el deporte en el apartado cuarto del art. 286 bis por el que imponía el castigo a quienes lleven a cabo “conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva”.
Se trata de un delito de mera actividad, que para que se consuma basta con la simple promesa, el ofrecimiento o la concesión del beneficio, tanto a los deportistas que intervienen como al árbitro (o en el caso de los jugadores, con recibir, solicitar o aceptar este beneficio) con la intención de predeterminar fraudulentamente el resultado que se obtendría en el normal desarrollo de la competición.
Por ello, la entidad que preside Jonathan Praena ha salido inmediatamente al paso del audio en un comunicado oficial anunciando que llevarán dicho documento ante la Fiscalía: "Ante las presuntas pruebas publicadas del audio del capitán del RC Deportivo Álex Bergantiños, estamos en la obligación de, como afectados, dar traslado a la fiscalía por un incumplimiento del artículo 286 bis. 4 del Código Penal", se estipula en la nota.
Qué dice el artículo 286. bis del código penal
Dicho preceto establece que "el directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa mercantil o de una sociedad que, por sí o por persona interpuesta, reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza, u ofrecimiento o promesa de obtenerlo, para sí o para un tercero, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales, será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, inhabilitación especial para el ejercicio de industria o comercio por tiempo de uno a seis años y multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja".
Sin embargo, el apartado cuarto se refiere a este tipo de irregularidades en una competición deportiva de "especial relevancia". Textualmente se estipula en el Código Penal que "lo dispuesto en este artículo será aplicable, en sus respectivos casos, a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva".
El Fuenlabrada ha añadido en su comunicado que "si la autoría se prueba, las indicaciones de la directiva de un Club a un capitán para predeterminar el resultado de un partido y/o para no competir profesionalmente suponen un gravísimo incumplimiento de las normas deportivas".
Además, concluye el comunicado afirmando que "nos sentimos perjudicados por una trama que de forma injusta y posiblemente delictiva pretende perjudicar al CF Fuenlabrada en busca de un descenso administrativo del todo infundado".

























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