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Los clubes de fútbol sala se oponen al calendario propuesto por la RFEF

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Domingo, 12 de Julio de 2020

Los clubes están molestos porque, tras asumir la RFEF la organización de las competiciones, no se ha contado con los ellos en el proceso de elaboración del calendario.

Según hemos sabido en IUSPORT, los clubes de fútbol sala comunicarán este lunes a la RFEF su desacuerdo con el borrador del calendario presentado por ésta de cara a la temporada 2020/2021.

 

Los clubes están molestos porque, tras asumir la RFEF la organización de las competiciones, no se ha contado con los ellos en el proceso de elaboración del calendario.

 

Por otro lado, en cuanto a los derechos audiovisuales, los clubes dejaron claro en la asamblea del pasado 7 de julio que su titularidad sigue siendo de los clubes, subrayando que no ha habido ningún cambio jurídico al respecto tras el Real Decreto Ley 15/2020 de 21 de abril.

 

Recordarán a la RFEF que hay un contrato firmado por la LNFS hasta 2023 y que se estudiarán ejercer acciones legales ante cualquier acción que impida o perturbe la ejecución del contrato.

 

El nuevo Decreto-ley audiovisual

Como saben los lectores de IUSPORT, el Real Decreto-ley 15/2020 modificó parcialmente el RDL 5/2015, sobre venta centralizada de derechos audiovisuales.

 

El decreto ley 15/2020 incidía en dos cuestiones referentes al deporte: preveía la creación de de una nueva fundación adscrita al CSD, la “Fundación España Deporte Global” y otorgaba a la RFEF la potestad para comercializar todas las competiciones de ámbito estatal que organice directamente, lo que implicaba despojar de esa facultad a sus titulares, los clubes.

 

Pues bien, como ya informamos, el Congreso de los Diputados ha frenado en seco las pretensiones del Gobierno, y por ende de la RFEF, con este real decreto-ley. Si bien lo convalidó el pasado día 13 de mayo, acordó asimismo tramitarlo como proyecto de ley, justamente lo que propusimos en IUSPORT al comentar este asunto, dada su trascendencia y la no justificación de la urgencia. 

 

Tras la Sesión de Control del pasado 13 de mayo, se celebró el debate de convalidación, entre otros, del Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, que finalmente ha sido convalidado con 201 votos a favor, 52 en contra y 96 abstenciones, pero se aprobó simultáneamente tramitarlo como proyecto de ley.

 

Ya habíamos explicado que no apreciábamos ninguna razón de urgencia en acometer esta reforma vía decreto-ley y de su posible inconstitucionalidad en su contenido. 

 

Esto dará oportunidad a que los diversos grupos parlamentarios presenten enmiendas y fuercen al Gobierno a negociar otro texto final para la norma.

 

Recuérdese que a la nueva fundación se le confiere, además, la potestad "exclusiva" para comercializará los derechos audiovisuales de las federaciones y ligas minoritarias si éstas no lo llevan a cabo por sí mismas, ahí es nada. Esto es claramente inconstitucional. 

 

Freno a la reforma

Pero el núcleo de la reforma estaba en el otro tema. El decreto-ley que reforma el de 2015 contenía otra parte muy importante que atañe a los derechos audiovisuales de los clubes no profesionales, tanto masculinos como femeninos.


Hasta ahora estaba claro que la RFEF podía acometer la venta centralizada de la Copa del Rey y de la Supercopa, por así establecerlo el decreto ley de 2015, y nada más.


Sin embargo, tras el decreto-ley de marras la cosa cambiaba. Los derechos audiovisuales de los clubes no profesionales, tanto masculinos como femeninos, seguirán siendo propiedad de los mismos, pero el nuevo decreto-ley introduce una variación trascendental en cuanto a su comercialización.


Este asunto había sido objeto de diversos litigios, tanto en el fútbol no profesional masculino como en el femenino, y en todos los casos los jueces fallaron a favor de los clubes, dejando sentado que la Federación sólo podía proceder a la venta centralizada de la Copa y la Supercopa.


Pues bien, la RFEF, que parecía haber conseguido su objetivo con la reforma, podría ver (o no) cómo el asunto gira en otro sentido tras el debate del proyecto de ley que se va a tramitar.

 

Habrá que ver si la ley que finalmente se apruebe mantiene esas potestades para la nueva fundación del CSD y sí ratifica la cesión de las facultades comercializadoras de los derechos audiovisuales del fútbol no profesional en favor de la RFEF.

 

El nuevo decreto ley, que se tramita ya como proyecto de ley, modifica el de 2015 en este punto en los siguientes términos:


«Artículo 8. Especialidades en la comercialización y reparto de los derechos audiovisuales de la Copa de S.M. El Rey, de la Supercopa y del resto de competiciones de ámbito estatal que organice la Real Federación Española de Fútbol.»


"1. La Real Federación Española de Fútbol podrá comercializar directamente los derechos audiovisuales de la Copa de S.M. El Rey, de la Supercopa de España y de las demás competiciones de ámbito estatal que organice, tanto masculinas como femeninas, de conformidad con el artículo 4".

 

Por tanto, habrá que esperar al trámite parlamentario para poder determinar con claridad si finalmente la RFEF ostentará o no las facultades previstas en el artículo 4 del decreto ley de 2015, respecto a los clubes de Segunda B, Tercera, Primera Iberdrola y, en general, sobre cuantas otras competiciones organice directamente, en materia audiovisual.

 

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 EDITORIAL DE IUSPORT

Por un modelo justo para los derechos de TV en el deporte no profesional

 

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