
En estos momentos hay dos procedimientos en paralelo contra los dirigentes territoriales: el primero, caducado, que el juez acepta revisar a fin de determinar si la caducidad se acordó correctamente; y el segundo, abierto por el TAD tras la accidentada caducidad del primero.
El pasado 16 de marzo dimos cuenta en IUSPORT de que el expediente abierto en su día por el TAD a los presidentes territoriales de la RFEF por incumplir -presuntamente- el deber de neutralidad, había caducado.
Tal expediente había sido abierto a requerimiento del CSD, tras una carta que firmaron 16 presidentes territoriales en apoyo a Villar en las elecciones de 2017, cuyo contenido podrán ver al final de este texto.
El alto tribunal del deporte español informó entonces que dicho expediente, "iniciado por acuerdo del TAD de 22 de marzo de 2019, se declaró caducado por resolución del TAD de fecha 24 de julio de 2019".
No obstante, el mismo tribunal aclaró que dicho procedimiento había vuelto a abrirse por acuerdo de 31 de enero de 2020.
Como ya informamos, independientemente de la apertura del segundo expediente, Miguel Galán, entrenador y presidente de Cenafe, había impugnado el archivo por caducidad del anterior procedimiento, recurso que ha sido admitido a trámite por el Juzgado Central de lo Contencioso número 4 de Madrid.
En la resolución judicial a la que ha tenido acceso IUSPORT, el juez acordó admitir a trámite el recurso y requerir a la Administración demandada para que en el plazo de VEINTE DÍAS remita a este órgano judicial el expediente administrativo completo.
Pues bien, este miércoles hemos sabido en IUSPORT que el CSD ya ha dado cumplimiento al requerimiento del juez y le ha remitido el expediente correspondiente.
El alto organismo del deporte español lo ha comunicado al recurrente Miguel Galán en estos términos:
"En contestación al oficio del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Madrid, de 22 de mayo de 2020, recibido en este Tribunal el 1 de junio de 2020, se ha remitido a dicho Juzgado copia del expediente 59/2020 TAD del Tribunal Administrativo del Deporte, en recurso interpuesto por D. Miguel Ángel Galán Castellanos.
Dicho recurso se tramita en el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Madrid, Procedimiento Ordinario 0000011 /2020, al respecto se adjunta para su comprobación la primera página del escrito del Juzgado, solicitando dicho expediente.
Lo que se notifica a efectos de que pueda comparecer en autos como interesado en el recurso, en el plazo de 9 días si a su derecho conviene".
Dos expedientes
Como advertíamos ayer, en estos momentos hay dos procedimientos en paralelo contra los dirigentes territoriales: el primero, caducado, que el juez acepta revisar a fin de determinar si la caducidad se acordó correctamente; y el segundo, abierto por el TAD tras la accidentada caducidad del primero.
Antes de continuar conviene aclarar que la caducidad del primer expediente se produjo en la época en que los miembros titulares del TAD se vieron obligados a abstenerse de intervenir en los asuntos de fútbol a consecuencia de la querella interpuesta por Luis Rubiales contra ellos, excepto Koldo Irurzun y Rosario de Vicente, acción penal que fue archivada definitivamente por la Audiencia de Madrid en enero pasado por carecer de base alguna.
Decimos esto para dejar constancia de que la caducidad no es imputable en ningún caso a los miembros titulares del TAD, los cuales han recuperado hace escasos meses -en plenitud- sus funciones tras el referido archivo de la querella.
El expediente a los presidentes territoriales que ahora revisa el juzgado
En octubre de 2018, el CSD, presidido por María José Rienda, instó al TAD para que incoara expediente a los 16 presidentes de las federaciones territoriales involucrados en la famosa carta de apoyo a Villar en el proceso electoral de 2017.
Esto decía el requerimiento del CSD al TAD:
"... instar a este órgano para que, en su caso, acuerde incoar el correspondiente expediente disciplinario a los siguientes presidentes de federaciones deportivas de ámbito autonómico: D. Maximino Antonio Martínez Suárez (Asturias) D. José Ángel Peláez Montes (Cantabria) D. Andreu Subíes i Forcada (Cataluña) D. Antonio García Gaona (Ceuta) D. Antonio Escribano Ramos (Castilla-La Mancha) D. Marcelino Santiago Maté Martínez (Castilla y León) D. Pedro Ángel Rocha Junco (Extremadura) D. Jacinto Andrés Alonso Marañón (La Rioja) D. Diego Martínez Gómez (Melilla) D. José Miguel Monje Carrillo (Murcia) D. Luís María Elustondo Ciarreta (País Vasco) D. Vicente Muñoz Castelló (Valencia) D. Miguel Bestard Cabot (Baleares) D. José Rafael del Amo Arizu (Navarra) D. Francisco Javier Díez Ibáñez (Madrid) D. Antonio Suárez Santana (Canarias)".
Tras diversas vicisitudes, de las que ya dimos cuenta en IUSPORT, finalmente, el TAD acordó el 22 de marzo de 2019 incoar expediente disciplinario a los presidentes territoriales, tras el segundo requerimiento del CSD.
Sin embargo, por inactividad del tribunal, ese expediente caducó, que es lo que ahora va a enjuiciar el juez de lo contencioso.
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El caso de la falta de neutralidad de las Territoriales llega al juzgado






























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