
La presidenta del Consejo Superior de Deportes (CSD), Irene Lozano, explicó que la opción de considerar el mes de agosto como hábil para celebrar elecciones en las federaciones partió de éstas, en concreto de la de Baloncesto, y mostró su respeto por la decisión de Iker Casillas de no optar a la presidencia de fútbol.
"Respeto las decisiones personales de uno de los grandísimos deportistas de este tiempo como Iker Casillas. Esta crisis sanitaria ha trastocado los planes de mucha gente. No tengo nada que decir de los planes del señor Casillas", dijo.
En respuesta a los grupos parlamentarios durante su comparecencia en la comisión de Cultura y Deporte, Lozano valoró el argumento que dio la Federación de Fútbol para adelantar sus elecciones, antes de la crisis sanitaria, para favorecer la candidatura de España con Portugal para optar al Mundial de 2030.
"El esfuerzo de la Federación para que el Mundial de 2030 venga a España creemos que podría ser un catalizador de muchos deseos de la sociedad de recuperación y trabajo. La petición de que agosto sea hábil partió de las federaciones, fue de la de Baloncesto y las medidas para que se aceleraran han sido para compensar el retraso de los plazos administrativos del estado de alarma", señaló tras recordar que éste es año electoral para todas las federaciones.
Respecto a la firma de los llamados pactos de Viana con LaLiga y la RFEF Lozano y el papel de la Fundación Deporte Global que incluyen éstos, apuntó que "no son solo para el fútbol y por eso han sido bien recibidos por todo el sector".
"El modelo de negocio de las entidades deportivas se apoya en los ingresos audiovisuales, pero hay federaciones pequeñas a las que les cuesta mucho más acceder al mercado. Lo que se pretende con esta fundación es ayudar que tengan ese elemento de gestión colectiva porque eso es beneficioso para ellas", señaló.
También destacó que con esto se modifica la situación que había hasta ahora en la que "una sola liga estaba gestionando los derechos audiovisuales de todos los deportes, porque eso genera un desequilibrio dentro del sector enorme".
"Nos ha parecido que facilitarles una herramienta colectiva de los derechos con esa fundación es una solución que sin prohibir nada a nadie mejora las opciones de todas", agregó.
El CSD concedió el adelanto electoral en contra de dos informes del TAD
A mediados del pasado mes de febrero el CSD dirigió un escrito a la Abogacía del Estado para que expresara su opinión sobre la conveniencia o no de solicitar un segundo informe al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) relativo al adelanto electoral pedido por la RFEF, tras un primero desfavorable.
Esta actuación se debía, según informó el CSD, a que las segundas alegaciones enviadas a este organismo por parte de la RFEF incluían "nuevas y sobrevenidas circunstancias sobre las que el TAD no se pudo pronunciar en su momento, ya que éstas no se habían producido".
"La decisión de solicitar criterio a la Abogacía respondía al interés del CSD y de su presidenta de actuar con escrupuloso respeto al marco normativo actual", señaló entonces el organismo.
Lozano daba asi a entender que, pese a que el informe del TAD no es vinculante, no estaba dispuesta a apartarse de su criterio, por lo que quería que el tribunal se pronunciara de nuevo para actuar en consecuencia.
Finalmente, el CSD solicitó ese segundo informe al TAD, tras recibir el de la Abogacía del Estado.
El segundo informe del TAD
Pues bien, a pesar de esas segundas alegaciones de la RFEF, el TAD emitió un segundo dictamen nuevamente contrario al adelanto electoral de la RFEF.
Un informe aprobado por la totalidad de sus miembros en una reunión absolutamente normal, sin incidente ni alteración de clase alguna, salvo una recusación formulada por un club contra una de las nuevas vocales, la cual fue desestimada por unanimidad.
[ASÍ TRANSCURRIÓ LA REUNIÓN DEL TAD DEL VIERNES 6 DE MARZO]
Dos horas después de que concluyera la reunión del TAD del 6 de marzo, conociendo el CSD ya el sentido del informe del tribunal (nosotros no), hizo público a través de la agencia EFE que había decidido autorizar el adelanto electoral a la Federación Española de Fútbol.
Ya hemos explicado que el informe del TAD no era vinculante, pero según hemos sabido en IUSPORT no hay precedentes en el CSD en los que, ante un asunto de esta importancia, el organismo resuelviera apartándose del criterio del alto tribunal del deporte.
La cosa adquiría mayor gravedad si tenemos en cuenta que no fue uno, sino que dos los informes negativos del tribunal sobre esta cuestión.
El segundo informe del TAD sobre el adelanto electoral de la RFEF
El primer informe del TAD sobre el adelanto electoral de la RFEF
























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