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El estado de alarma, a priori, impide a los clubes publicitar casas de apuestas

José Sellés José Sellés Martes, 09 de Junio de 2020
F: LaLigaF: LaLiga

Pese a que el Real Decreto-ley del 1 de abril prohíbe lucir comunicaciones de apuestas no se especifíca en el tenor literal que se prohíba lucir la marca de la casa de apuestas, un límite difuso que podría salvar las equipaciones de los clubes en esta próxima jornada

Tras prácticamente tres meses de parón, esta semana se reanuda tanto LaLiga Santander como LaLiga Smartbank, un gran triunfo de la patronal,no suficientemente valorado, que permitirá a los clubes aminorar el golpe económico provocado por el coronavirus. Este regreso no se hará en las mismas condiciones con las que se echó el telón en marzo ante el parón obligado por la llegada de la pandemia a España. Por una parte, no podrá haber público en las gradas, a expensas de lo que decida el Consejo Superior de Deportes (CSD) en las semanas venideras. Tampoco las reglas del juego serán las mismas. Los entrenadores podrán hacer cinco cambios en lugar de tres como hasta el momento.

 

Aparte de estos dos elementos importantes, hay un detalle que han resaltado los compañeros del diario MARCA y la Cadena COPE que tampoco pasará por alto: los clubes tanto de LaLiga Santander como LaLiga Smartbank, a priori, no podrán lucir comunicaciones de apuestas en sus atuendos. Ello es debido al estado de alarma. Recalcamos el a priori porque en los entrenamientos, que se realizan igualmente estando en estado de alarma, los distintos clubes afectados sí los lucen. Y se puede apreciar esa publicidad de las casas de apuestas en las imágenes que ofrecen a diario los informativos sobre las sesiones de los clubes.

 

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El origen de esta restricción se remonta al pasado miércoles 1 de abril, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptaban medidas urgentes en el ámbito social y económico para hacer frente al coronavirus. El artículo 37 de dicha norma establecía que mientras dure el estado de alarma se prohibían las "comunicaciones comerciales que, de forma implícita o expresa, hagan referencia a la situación de excepcionalidad que deriva de la enfermedad COVID-19 o interpelen al consumo de actividades de juego en este contexto".

 

Igualmente dicho Real Decreto- ley censuraba mientras durara el estado de alarma las "actividades de promoción dirigidas a la captación de nuevos clientes o de fidelización de clientes existentes que recojan cuantías económicas, bonos, bonificaciones, descuentos, regalos de apuestas o partidas, multiplicadores de cuotas o premios o cualquier otro mecanismo similar".

 

Límite difuso

 

Sin embargo, ante este escenario, en el que nadie ha hablado abiertamente de este tema para aclararlo, surgen dos dudas: ¿Por qué los clubes llevan entrenando durante todo el estado de alarma luciendo casas de apuestas en sus atuendos si, a priori, está prohibido desde el 1 de abril? Se puede comprobar en los distintos resúmenes de los informativos ¿Realmente está prohibido anunciar la marca de una casa de apuestas? Esta segunda pregunta viene a colación del tenor literal del artículo 37 del Real Decreto-Ley.

 

En él se prohíben mensajes que inciten a jugar o mensajes que "recojan cuantías económicas, bonos o cuotas". Pero lucir simplemente el nombre de la casa de apuestas, el nombre de la marca, ¿entra dentro del tenor literal? Seguramente en ese límite difuso se esté debatiendo en los clubes sobre la conveniencia o no de lucir apuestas en los partidos de Liga.

 

Que publicitar el nombre en sí de una marca de casas de apuestas suponga para el legislador intrínsecamente incitar a apostar conlleva a pensar que publicitar una marca de bebidas, en su versión sin alcohol, incide al alcoholismo. Y, sin embargo, se permite en los recintos deportivos anunciar bebidas sin alcohol. Un agravio comparativo.

 

El proyecto de febrero

 

Cabe recordar que en el pasado mes de febrero el ministro de consumo, Alberto Garzón, detalló los primeros retales del Proyecto de Real Decreto de Comunicaciones Comerciales de las Actividades del Juego. Como regla general, se establecía que se prohibiría la publicidad de las casas de apuestas y juegos de casinos desde las cinco de la madrugada hasta la una.

 

Sin embargo, el Gobierno hacía un guiño al mundo del fútbol debido a la importante fuente de ingresos que supone para los clubes este sector. Así, el Ejecutivo determinó que se permitiría la publicidad de las casas de apuestas en los eventos deportivos fuera del horario infantil, a partir de las 20:00. A ello, hay que añadir la prohibición de vender camisetas infantiles con publicidad de casas de apuestas o el poner apellidos lúdicos en los estadios.

 

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