F: Lleida EsportiuLa entidad ilerdense ha presentado un recurso de apelación contra la resolución de la RFEF del lunes que validó las clasificaciones finales del fútbol no profesional
Si hay un equipo que va a pelear por el 'play off exprés', ese es el Lleida Esportiu. Pero por el momento no en el terreno de juego. Su quehacer ha empezado en los despachos. A lo largo de este mes de mayo la entidad que preside Albert Esteve ha insistido en la ilegalidad del abrupto final de temporada regular causado por el coronavirus. En su día en Iusport contamos con detalle las dudas reglamentarias que ofrecía finiquitar la primera parte de la competición y dirimir los ascensos por medio de un 'play off exprés' sin haberse disputado las diez jornadas restantes. Un final sin precedentes para un escenario inédito. Más, cuando se había beneficiado a los clubes en descenso, agraciándoles automáticamente con el caramelo de la permanencia.
Puesto que el Lleida había solicitado a la RFEF la resolución para impugnar el 'play off exprés' y el documento no había llegado, el conjunto catalán ha decidido recurrir la resolución de las clasificaciones finales que dictó este lunes la Jueza de Competición, Carmen Pérez González. En la misma se declaraba a los dieciocho campeones de Tercera División, así como las cuatro primeras plazas de cada grupo de Segunda División B. Puesto que al pararse la competición en marzo, el Lleida era el quinto clasificado a solamente 3 puntos del cuarto, el Cornellá, el club catalán ha consumado sus intenciones anunciadas y ha recurrido el final prematuro de la fase regular.
En primer lugar, el Lleida se ampara en que los 42 clubes de LaLiga terminarán la temporada y los equipos no profesionales no, lo que considera una medida discriminatoria: "De forma sorprendente, la misma RFEF que emite las fichas federativas para los deportistas profesionales tanto para LNFP como para la Segunda División "B" ha entrado en una espiral de resoluciones con la tendencia clara de discriminar a 64 de los 80 clubes de Segunda División "B", ninguneando el derecho al trabajo de los futbolistas profesionales de los citados 63 equipos y clubes que no podrán seguir compitiendo y trabajando".
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El conjunto catalán defiende que ha tenido en todo momento "un posicionamiento coherente, respetuoso y constructivo, siguiendo el mandato de las autoridades sanitarias que han ido publicando órdenes ministeriales que permiten, sin duda, el retorno a la actividad deportiva". Sin embargo, el club denuncia que "no hemos recibido ni tan siquiera una respuesta por parte de RFEF a ninguna de nuestros escritos, lo cual es sinónimo de vulneración de derechos tanto del Lleida Esportiu Terraferma Club de Fútbol, como de los socios y abonados, así como del cuerpo técnico y jugadores federados en la RFEF".
Escenario jurídico artificial
El conjunto leridano denuncia en su recurso que "a día de hoy, aunque parezca increíble, no se nos ha notificado la resolución de la Comisión Delegada" donde se aprobó dar por finalizada la temporada regular en las ligas no profesionales.
Igualmente el conjunto catalán afirma que en la resolución de la Jueza de Competición del lunes observaron "con asombro" que en la misma no se hacía alusión "alguna a las diferentes cartas y comunicados enviados por Lleida Esportiu". El club catalán también hace constar en su escrito que ha recurrido ante los órganos jurisdiccionales de los Contencioso-Administrativo la resolución de la presidenta del Consejo Superior de Deportes (CSD), Irene Lozano, que daba cobertura jurídica a las federaciones para dar por concluidas sus competiciones.
El club considera que "esta resolución no atribuye competencia de ningún tipo a la Jueza de Competición" de cara al final de las competiciones. También denuncian la Disposición Adicional Cuarta del Reglamento de la RFEF: "Ha sido introducida mediante la Comisión Delegada en sesión celebrada el 8 de mayo de 2020, estableciéndose una competencia “ad hoc”. El Lleida Esportiu también ha mostrado la voluntad de impugnar todos los acuerdos de la Comisión Delegada celebrados y acordados el 8 de mayo de 2020."
Por todo ello, la entidad de Albert Esteve considera que "nos encontramos ante un escenario jurídico creado de forma artificial y "ad hoc" con clara voluntad de ir dando apariencia de legalidad a la toma de decisiones, pero sin duda, las decisiones que se han ido adoptando son contrarias a Derecho".
En el escrito también defiende que se han vulnerado varios derechos constitucionales, como el derecho a la tutyla judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución Española, o el del derecho al trabajo o a la libertad de empresa. Además, se ampara en las distintas Órdenes Ministeriales publicadas en las últimas semanas por el gobierno en las que, progresivamente, se ha permitido reanudar la actividad deportiva, así como la actividad de los deportistas de clubes de manera individual para justificar la viabilidad de disputar las últimas jornadas de Liga.
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También acude a la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para pedir la nulidad de pleno derecho de la resolución del lunes, pues, en dicha legislación, se contempla que son "nulos de pleno derechos" los actos de las administraciones públicas "que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo institucional".
Por ello, el Lleida concluye el escrito ante el órgano disciplinario solicitando que se estime el recurso y "acuerde revocar el acuerdo adoptado y declararlo nulo de pleno derecho, y se acuerde dejar sin efecto los siguientes acuerdos:
1º) Validar la clasificación del Grupo III de Segunda División “B” existente en el momento de suspensión de la competición;
2º) Determinar que los equipos del Grupo III de Segunda División “B” que, en atención a la clasificación, han de disputar la fase de ascenso a Segunda División son el CD Castellón, SAD (primera posición), el FC Barcelona “B” (segunda posición), el CE Sabadell FC, SAD (tercera posición) y el UE Cornellà, SAD (cuarta posición);
3º) Determinar que el equipo campeón del grupo es el CD Castellón, SAD;
4º) Dar traslado de la presente resolución al Departamento de Competiciones y Fútbol No Profesional de la RFEF para su consideración a la hora de realizar el sorteo de los emparejamientos en la fase de ascenso a Segunda División y a todos los efectos competicionales que proceda”,
y por contrario imperio, acuerde que deben disputarse los 10 partidos de temporada regular pendiente, y posteriormente la fase de ascenso". Está previsto que la respuesta a esta apelación, así como a otras posibles, se lleve a cabo antes de este viernes 29 de mayo a las 14:00.



























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