Lunes, 02 de Febrero de 2026

Actualizada Lunes, 02 de Febrero de 2026 a las 15:30:22 horas

El CSD comunica a las federaciones que las elecciones están suspendidas

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Viernes, 20 de Marzo de 2020

Como es sabido, el Real decreto de la alarma instituye cuatro autoridades, entre las que está el Ministerio del Interior, pero no el de Cultura y Deporte. Mucho menos la administración deportiva de las CCAA.

El CSD ha remitido un "informe", al que ha tenido acceso IUSPORT, a las federaciones españolas en el que, en síntesis, viene a comunicarles que las elecciones previstas para este año están suspendidas directamente por el Real Decreto del pasado sábado por el que se declara el estado de alarma.

 

Ya habíamos explicado en IUSPORT, a propósito del caso de Navarra, que lo procedente, a nuestro juicio, era que la Administración deportiva emitiese una suerte de circular o instrucción dirigida a todas las federaciones advirtiendo de que las elecciones conllevan actividades y desplazamientos de personas prohibidos por el Real decreto de declaración del estado de alarma, por lo que lo procedente es no convocar las elecciones o suspenderlas, si ya han comenzado.

 

Como hemos adelantado, este asunto no estaba en la mesa de la administración deportiva (CSD), sino en la del Ministro del Interior.

 

Como es sabido, el Real decreto de la alarma instituye cuatro autoridades, entre las que está el Ministerio del Interior, pero no el de Cultura y Deporte. Mucho menos la administración deportiva de las CCAA.

 

Por consiguiente, de no proceder las federaciones motu proprio a suspender los procesos (o no convocarlos, como en el caso de la RFEF), sería el Ministerio del Interior el competente para decretar su suspensión, sin perjuicio de otras medidas que procedan, como la sancionadora.

 

Lo que ha hecho el CSD es precisamente eso, recordar a las federaciones que las elecciones implican actividades prohibidas por el Real decreto.

 

Lo esencial del informe del CSD

En el informe, el CSD cita el Real Decreto 463/2020, en particular lo siguiente:.

 

Disposición adicional tercera:

 

"Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo

 

La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas."

 

Disposición adicional cuarta:

 

"Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.

 

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren".

 

Prosigue el informe:

 

"Por su parte, el artículo 2 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las AAPP, dispone que se aplica al sector público comprendido. Por AGE, CCAA, EELL y Sector Público Institucional".
 

"Interesa a estos efectos el Sector Público institucional, por cuanto queda claro que el CSD es Administración General del Estado".

 

"Pues bien, el SP Institucional está integrado por, artículo 2.2 b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas".

 

"A modo de ejemplo, las Federaciones deportivas actúan por delegación del CSD ejerciendo esas potestades en numerosos supuestos.  Entre ellos, el que más nos interesa en este momento, es el de las elecciones que se han de celebrar este año. Teniendo presente que dichos procesos están regulados mediante una Orden ministerial del año 2015, ECD72764/2015, de 18 de diciembre, debemos considerar que son estas funciones las que quedan subsumidas en las públicas de carácter administrativo por parte de FFDD lo que avala la tutela y control del CSD sobre las mismas".

 

Y concluye que "estos procesos están bajo el control subyacente al ejercicio de funciones públicas delegadas. Por ende, los procesos electorales de las FFDD se encuentran afectados por la D A tercera del RD de alarma".

 

"Para el resto de procedimientos del CSD rige la suspensión de los  términos y la interrupción de los plazos, convocatorias de subvenciones, recursos contra actos del organismo, suspensiones de procedimientos, informe de disposiciones que afecten a nuestro ámbito..."

 

"Las FFDD son asociaciones de  carácter privado que ejercen  funciones públicas de carácter administrativo".

 

"En cuanto a la incidencia generada por el excepcional estado propiciado por la alarma sanitaria, abundando en lo anterior, supone la suspensión de las convocatorias en marcha con la consecuente interrupción de los plazos de los procedimientos, y, en unos casos, los órganos rectores continuarán en funciones y, en otros, en el ejercicio ordinario de su mandato, por no haber expirado el plazo para el que fueron elegidos".

 

"En todo caso, supone la plena operatividad y funcionamiento de los órganos rectores de las asociaciones deportivas en tanto no se renueven mediante el oportuno proceso electoral".

 

CONCLUSIÓN

 

El informe del CSD termina afirmando que "resulta evidente que los procesos electorales están suspendidos en virtud de la situación declarada y los plazos interrumpidos en aras de la seguridad jurídica de modo que, una vez solventada la crisis, volverá al momento en el que operó la interrupción".

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.154

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.