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El CSD hace pública la resolución sobre el adelanto electoral de la RFEF

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Lunes, 09 de Marzo de 2020

La motivación principal es respetar el marco normativo actual y facilitar que las elecciones puedan celebrarse en el presente año olímpico

El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha decidido hoy autorizar el adelanto electoral que habían solicitado la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y la Federación Española de Baloncesto (FEB).


Según reza la nota difundida por el CSD, la presidenta del organismo, Irene Lozano, ha tomado esta decisión con el fin de garantizar que se cumple el propósito de la normativa, que obliga a las federaciones a celebrar los comicios en año olímpico, en este caso, los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.


En este sentido, la decisión sobre la RFEF se justifica en que si no se aprobase el adelanto, los comicios se verían abocados a celebrarse en 2021, ya que el proceso electoral no daría inicio hasta el mes de octubre y siempre después del Mundial de Fútbol Sala. Se quiere evitar, además, la inestabilidad que se generaría en la RFEF y, por ende, en el fútbol español si se prolongara la situación actual durante un año.


Relacionado con este hecho, el propósito de la presidenta del CSD es unir las fuerzas de todos los implicados con vistas a proyectar la reputación deportiva española internacionalmente, lo cual solo se conseguirá alcanzando la distensión oportuna en el menor plazo posible de tiempo.


Por último, la decisión se adopta en apoyo a la candidatura conjunta entre España y Portugal para la celebración del Mundial de Fútbol del próximo año 2030, cuya preparación debe comenzar cuanto antes sin una campaña electoral a la RFEF de por medio.


Respecto al adelanto de las elecciones en la FEB, se han tenido en cuenta las alegaciones presentadas por esta entidad federativa en relación al próximo proceso de elección de nuevos miembros que tendrá lugar a finales de año en la Federación Internacional de Baloncesto (FIBA).


La decisión del adelanto electoral de unos comicios federativos ya se ha tomado con anterioridad por parte del CSD. En concreto, el 4 de noviembre de 2019 se dio respuesta positiva a la Real Federación Española de Gimnasia; el 13 de febrero de 2020 a la Federación Española de Bádminton; y el 14 del mismo mes a la Federación Española de Triatlón. La voluntad del CSD es, por tanto, dictar todas las resoluciones en el mismo sentido con el objetivo de no generar agravios entre unas federaciones y otras.

 

En contra de dos informes del TAD

Según hemos sabido en IUSPORT, no hay precedentes en el CSD en los que, ante un asunto de esta importancia, el organismo resuelva apartándose del criterio del alto tribunal del deporte. La cosa adquiere mayor gravedad si tenemos en cuenta que no es uno, sino dos, los informes negativos del tribunal sobre esta cuestión.

 

A mediados del pasado mes de febrero el CSD dirigió un escrito a la Abogacía del Estado para que expresara su opinión sobre la conveniencia o no de solicitar un segundo informe al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) relativo al adelanto electoral pedido por la RFEF.

Esta actuación se debía, según informó el CSD, a que las segundas alegaciones enviadas a este organismo por parte de la RFEF incluían "nuevas y sobrevenidas circunstancias sobre las que el TAD no se pudo pronunciar en su momento, ya que éstas no se habían producido".

"La decisión de solicitar criterio a la Abogacía respondía al interés del CSD y de su presidenta de actuar con escrupuloso respeto al marco normativo actual", señaló entonces el organismo.

 

Lozano daba asi a entender que, pese a que el informe del TAD no es vinculante, no estaba dispuesta a apartarse de su criterio, por lo que quería que el tribunal se pronunciara de nuevo para actuar en consecuencia.

 

Hace escasos días, el CSD solicitó ese segundo informe al TAD, tras recibir el de la Abogacía del Estado.

 

El segundo informe del TAD

Pues bien, a pesar de esas segundas alegaciones de la RFEF, el TAD emitió el viernes un segundo dictamen (cuyo sentido no supimos hasta la tarde del sábado debido al hermetismo del CSD) nuevamente contrario al adelanto electoral de la RFEF.

 

Un informe aprobado por la totalidad de sus miembros en una reunión absolutamente normal sin incidente ni alteración de clase alguna, salvo una recusación formulada por un club contra una de las nuevas vocales, la cual fue desestimada por unanimidad.

 

[ASÍ TRANSCURRIÓ LA REUNIÓN DEL TAD DEL VIERNES 6 DE MARZO]

 

Dos horas después de que concluyera la reunión del TAD del viernes, conociendo el CSD ya el sentido del informe del tribunal (nosotros no), hizo público a través de la agencia EFE que había decidido autorizar el adelanto electoral a la Federación Española de Fútbol.

 

Ya hemos explicado que el informe del TAD no era vinculante, pero según hemos sabido en IUSPORT no hay precedentes en el CSD en los que, ante un asunto de esta importancia, el organismo resuelva apartándose del criterio del alto tribunal del deporte.

 

Como decíamos, el asunto adquiere mayor gravedad si tenemos en cuenta que no es uno, sino que son dos los informes negativos del tribunal sobre esta cuestión.

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN DEL CSD AUTORIZANDO EL ADELANTO

 

 

El segundo informe del TAD sobre el adelanto electoral de la RFEF

 


 

El primer informe del TAD sobre el adelanto electoral de la RFEF

 

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