Julián Espartero, presidente titular del TADEste lunes el Reus Deportiu ha puesto fin a su trayectoria en el fútbol profesional, al menos para los próximos tres años. El Juez de Disciplina Social de LaLiga ha sancionado al conjunto catalán con su exclusión del fútbol profesional durante los próximos tres años, así como con una multa de 250.000 euros por su reiterado incumplimiento en el pago de las fichas de la plantilla.
No obstante, el club reusense dispone de 15 días hábiles para recurrir esta decisión ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), recurso que ya ha anunciado va a interponer.
Como hemos contado en los últimos meses en IUSPORT, el alto tribunal del deporte estatal se encuentra en un periodo de inestabilidad debido a la querella que decidió interponer a mediados del año pasado la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). Ese movimiento de la institución que preside Rubiales había provocado una parálisis preocupante.
Para superar ese escollo, el CSD decidió aprobar la designación de miembros suplentes para que el TAD pudiera seguir funcionando de forma fluida y no se colapsara.
El pasado viernes 21 de diciembre, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, presidida por María José Rienda, decidió aprobar la designación de cinco miembros suplentes que sustituirían a aquellos que deben de abstenerse en los procedimientos en los que la RFEF sea parte. Esa abstención de los miembros titulares del TAD se debe a la querella que, como hemos dicho antes, decidió interponer la Federación Española por presunta prevaricación administrativa y que afecta a todos los miembros, excepto Koldo Irurzun y Rosario de Vicente.
En concreto, según el documento al que tuvo acceso IUSPORT, la RFEF acordó interponer una querella contra la presidenta del TAD, María Lidia García, y el resto de miembros que habían votado a favor de una serie de acuerdos en las reuniones del tribunal celebradas el 24 de noviembre de 2017 y el 4 de abril de 2018.
Por ello, desde el momento en que se nombraron a los miembros suplentes en el TAD, cualquier procedimiento que tuviera a la RFEF como parte implicada, los titulares debe abstenerse, puesto que se encuentran afectados por la querella.
Pero en el caso del Reus el panorama es diferente. En el recurso del club catalán deberán intervenir los miembros titulares del TAD, no podrán abstenerse. Ello es así por el simple hecho de que no será un procedimiento que provenga de la RFEF, sino, en este caso, de LaLiga.
Cabe recordar que la resolución del TAD agota la vía administrativa y, en caso de ser contraria a los intereses del Reus, al conjunto catalán aún le quedará la opción de acudir a la justicia ordinaria.
No obstante, antes de fallar sobre el fondo del asunto, el TAD deberá resolver sobre la petición de suspensión cautelar que el club ha anunciado va a pedir.






















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