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LaLiga advierte que la sentencia sobre la RFEF y Mediapro no afecta a los viernes y lunes

Redacción de IUSPORT Redacción de IUSPORT Viernes, 19 de Noviembre de 2021
F: LaLigaF: LaLiga

La patronal considera que "no corresponde a quien resuelve determinar la competencia de la fijación de los días de competición no oficial"

LaLiga se ha pronunciado este viernes por la tarde sobre la sentencia en la que el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Majadahonda da la razón a la RFEF en el litigio con Mediapro por la retransmisión de los partidos en lunes y los viernes

 

La patronal ha utilizado las mismas palabras que la resolución para destacar que “no corresponde a quien resuelve determinar la competencia de la fijación de los días de competición no oficial, es decir, la disputa entre LaLiga y la RFEF es una cuestión administrativa, en un aspecto, y mercantil en cuanto a la defensa de la competencia, en otro; de hecho, sobre estas cuestiones existen, y así constan en el procedimiento, resoluciones judiciales contradictorias y un recurso de casación ya interpuesto”.

 

Por ello, LaLiga considera que "el alcance de este procedimiento no afecta a esta materia, sino que se limita a dirimir la posible responsabilidad de la RFEF frente a Mediaproducción por una conducta que ya ha sido enjuiciada con anterioridad por otro Tribunal".

 

LaLiga considera que "resulta difícilmente comprensible que el Juzgado de instancia haya desconocido la declaración de ilegalidad previamente dictada por la Audiencia Provincial de Madrid por los mismo hechos".

 

Continua explicando que "en este sentido, sin perjuicio de los irrelevantes efectos que la referida sentencia produce, debe señalarse que tal planteamiento se opone y choca frontalmente con la fundamentación del fallo de la Sentencia de la Sección Vigésimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, de 18 de junio de 2020, en la que dicha Sección, la especialista en materia de competencia desleal de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, resolviendo en apelación el procedimiento judicial instado por LaLiga frente a la RFEF" razonaba varias cuestiones.

 

La primera, "la función de coordinación de la RFEF en forma alguna podía ser entendida como facultad de autorizar o prohibir las decisiones de LaLiga en la organización de sus campeonatos". La segunda, "la competencia para fijar la fecha y el horario de los partidos del Campeonato Nacional de Liga de Primera y Segunda División recae sobre LaLiga". La tercera, considera que "la actuación de la RFEF constituyó una pura medida de presión bajo la cobertura formal de las funciones coordinadoras para la obtención de un beneficio económico y una actuación obstaculizadora de la actividad de LaLiga en el ámbito de sus competencias, tanto de organización, como de comercialización de los derechos de explotación de los contenidos audiovisuales declarando expresamente en su fallo que la conducta de la RFEF constituyó un acto desleal, tipificado en el artículo 4.1 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal".

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