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Ampliado hasta el 27 de abril el plazo de enmiendas a la nueva ley del deporte

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Miércoles, 20 de Abril de 2022

El Congreso ha acordado una nueva ampliación del plazo de enmiendas al proyecto de nueva Ley del Deporte, que vencía este miércoles, hasta el próximo día 27 de abril. Volvemos a decir que es una buena noticia porque así dispondrá el Gobierno de más tiempo para darse cuenta del atropello que supondrá para los clubes y deportistas la nueva ley

Este miércoles no será tampoco, afortunadamente, el último que día del que disponen los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados para presentar enmiendas parciales al proyecto de ley del deporte.

 

El Congreso ha acordado una nueva ampliación del plazo de enmiendas que, tras varias prórrogas vencía este miércoles, hasta el próximo día 27 de abril.

 

Reiteramos lo de "afortudadamente" porque así dispondrá el Gobierno de más tiempo para darse cuenta del atropello que supondrá para los clubes y deportistas la nueva ley, en especial por el vuelco en la disciplina deportiva, que no es poca cosa.

 

Como saben los lectores de IUSPORT, varios colectivos del mundo del deporte, como la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), la ABP y otras organizaciones, como CENAFEProLiga, han alertado de las graves consecuencias que para sus miembros tendrá la nueva ley si es aprobada en los términos en que fue remitida por el Gobierno.

 

Todos ellos han remitido a los grupos parlamentarios propuestas de enmiendas relacionadas con diversos aspectos, como el convenio colectivo, la fiscalidad y la supresión de competencias del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).

 

En cuanto a los grupos parlamentarios, sólo los del PP y VOX han mostrado interés en enmendar un texto calamitoso enviado por el Gobierno. Ambos grupos celebraron jornadas en las que se pusieron de manifiesto las graves deficiencias del proyecto. El PSOE también organizó unas jornadas, pero no se escucharon ahí voces críticas. 

 

Como hemos expuesto ya de forma reiterada en IUSPORT, el texto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 17 de diciembre reconoce cuestiones obvias que no precisan de una nueva ley, al menos no de una nueva ley integral del deporte que reemplace a la de 1990, como el derecho a la actividad física y el deporte; la regulación de las distintas figuras de deportistas -profesionales, no profesionales, de alto nivel, alto rendimiento, etc.

 

Sin embargo, el proyecto sí introduce cambios radicales en el régimen disciplinario en perjuicio de los clubes y deportistas e incurre en graves contradicciones, como la existente entre la materia electoral, que se mantiene entre las competencias del TAD, pero no las mociones de censura, en las que ya no podrá intervenir.

 

El proyecto privatiza la disciplina deportiva, que a partir de su entrada en vigor será "de pago", en contra del modelo que ha tenido España los últimos cuarenta años.

 

La vulneración de las reglas del juego y la competición queda en manos de las federaciones deportivas y ligas profesionales, que establecerán su propio sistema de infracciones, sanciones y forma de coerción de estas, respetando los principios esenciales del procedimiento administrativo sancionador pero sin la intervención del poder público en instancia alguna, por lo que el TAD "ya no conocerá en vía de recurso de las sanciones impuestas a miembros de estas entidades ni, lógicamente, el orden contencioso-administrativo".

 

"Por el contrario", señala, "las diferencias que se sustancien en este ámbito serán susceptibles de resolverse en la correspondiente jurisdicción civil, o mediante el sometimiento voluntario y previo a un sistema arbitral". Por consiguiente, los afectados tendrán que rascarse el bolsillo tanto si acuden a un arbitraje como si piden amparo a los tribunales de lo civil, con el agravante en este caso de que, debido a la saturación de los mismos, dictarán sentencia cuando ya la temporada habrá terminado.

 

Ayer, 29 de marzo, alertábamos en IUSPORT de lo costoso que será para los clubes impugnar una sanción si la nueva ley se aprueba tal cual está concebida. Si al final se escoge el tribunal arbitral del COE para reemplazar al TAD, algo que en IUSPORT damos por hecho, conviene saber que, según las tarifas publicadas en la web del COE, los casos de cuantía indeterminada (por ejemplo, una sanción de cuatro partidos) conllevaría un canon de 10.000 euros.

 

Y ojo a esto: a diferencia de las resoluciones del TAD, que son recurribles ante la justicia, los laudos arbitrales no son recurribles en cuanto al fondo del asunto. O sea, disminuye la tutela judicial a los clubes y deportistas. 

 

Sobre estas y otras cuestiones tienen un nuevo plazo los grupos parlamentarios para presentar enmiendas con las que esperamos se dé un vuelco radical a un proyecto de ley que España no necesita, pues su objetivo principal es demoler un modelo de justicia deportiva que el mundo del deporte español ha aceptado en los últimos cuarenta años para reemplazarlo por otro que deja en total desamparo a los clubes y deportistas frente a la eventual arbitrariedad de las federaciones.

 

ESPECIAL IUSPORT SOBRE LA NUEVA LEY DEL DEPORTE

 

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