Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 20:51:16 horas

Miguel Galán pide a la RFEF reformas que imposibiliten nuevos casos Mastantuono

IUSPORT IUSPORT Jueves, 21 de Agosto de 2025

Desde la disputa del primer partido del Real Madrid en esta liga contra Osasuna viene produciéndose un debate acerca del posible fraude de ley por la inclusión de Mastantuono en la plantilla del Real Madrid Castilla para que no ocupe ficha entre las 25 del primer equipo, pese a que es notorio que jugará exclusivamente en este último.

 

En IUSPORT hemos publicado un extenso análisis sobre el tema, firmado por Javier Rodríguez Ten.

 

Pues bien, Miguel Galán, que denunció esta anomalía, ha dirigido un segundo escrito a la RFEF en el que solicita que "se revise y endurezca el artículo 125 del Reglamento General de la RFEF para acabar con el fraude de ley recurrente en la actualidad. Propongo la inclusión de una nueva condición: para que un jugador filial o dependiente pueda ser alineado con el primer equipo, deberá haber disputado al menos cinco partidos oficiales con el equipo filial o dependiente en la temporada en curso. Esta medida de mínima participación obligatoria pondría fin a la práctica de inscribir directamente a jugadores del primer equipo con fichas de filiales, forzando a los clubes a un cumplimiento genuino de la normativa”.

 

El presidente de CENAFE lo explica en estos términos: “La presencia de jugadores profesionales de filiales en competiciones con clubes no profesionales crea una evidente adulteración de la competición. La desigualdad no se limita al plano deportivo, sino que se extiende a lo económico y logístico, rompiendo el principio de igualdad de oportunidades”.

 

Galán pide también al Juez Único de Competiciones Profesionales que actúe de oficio ante el próximo partido del Madrid contra el Oviedo.  La utilización del artículo 125 del Reglamento General de la RFEF se ha desvirtuado, transformándose en una herramienta que vulnera la equidad de la competición y el principio de igualdad entre clubes”.

 

Galán expone que “en aras del buen funcionamiento de la competición, solicito su intervención inmediata y de oficio, conforme al artículo 22. Iniciación, que faculta a los órganos disciplinarios a iniciar un procedimiento por propia iniciativa. Es imperativo que se revise esta práctica antes de la próxima jornada para asegurar la integridad de los resultados y la legalidad de las alineaciones".

 

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