F. ShutterstockEl Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) desestimó este jueves el recurso del Osasuna por la posible alineación indebida del jugador del Barcelona Iñigo Martínez en el encuentro disputado el 27 de marzo en el Estadio Olímpico Lluis Companys y que concluyó con victoria azulgrana (3-0).
Osasuna acudió a Apelación después de que el Comité de Disciplina rechazara su primera reclamación, presentada al entender que el Barça incurrió en alineación indebida al contar con el central, ya que había sido baja en la selección española el 17 de marzo por motivos médicos, para los partidos contra Países Bajos de la Liga de Naciones, pero ante el equipo navarro el jugador fue titular.
Según Apelación, "no puede sostenerse válidamente que la participación del jugador en el encuentro del día 27 de marzo constituya alineación indebida, dado que, jurídicamente, el jugador no se encontraba sujeto a la restricción temporal que establece la norma, al haber cesado los efectos de su convocatoria mediante acto federativo expreso".
Como ya se argumentó la primera instancia, la desconvocatoria quedó oficialmente acreditada: "En este sentido, es obligado referirse al acto de desconvocatoria del jugador constituido por: - Un correo electrónico oficial de la Team Manager de la Selección Absoluta el 17 de marzo de 2025. - Un comunicado de la RFEF publicado el mismo día en su web oficial. - Sustitución efectiva del jugador en la lista mediante convocatoria de otro jugador.Dicho cuanto antecede, acreditado el acto de desconvocatoria oficial del jugador D. Íñigo Martínez mediante el correo electrónico de fecha 17 de marzo de 2025 remitido por la Team Manager de la Selección Absoluta y el comunicado oficial en la web de la RFEF".
Y concluye que "no puede sostenerse válidamente que la participación del jugador en el encuentro del día 27 de marzo constituya alineación indebida, dado que, jurídicamente, el jugador no se encontraba sujeto a la restricción temporal que establece la norma, al haber cesado los efectos de su convocatoria mediante acto federativo expreso".
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