Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 20:51:16 horas

El CSD declaró en 2023 lo contrario de lo que admite ahora en la cautelar a Olmo

IUSPORT IUSPORT Viernes, 10 de Enero de 2025

Hace varios días comentamos en IUSPORT que el CSD, a la hora de conceder la cautelar a Dani Olmo y Pau Víctor, contradecía su propia doctrina y la jurisprudencia.

 

Ya comentamos el precedente de Pedro León, en su época del Getafe, en el que el CSD y los tribunales dieron preeminencia a las normas de control económico y rechazaron el recurso contra la denegación de licencia.

 

Pues bien, hay otro pronunciamiento del propio CSD referido al "derecho de los deportistas a su carrera deportiva".

 

En el caso del Barça, el CSD argumentó en su resolución de la cautelar que "nos encontramos ante jugadores de fútbol de primer nivel que participan en la máxima categoría deportiva, que han participado o pueden participar en la selección nacional y, por tanto, con una indiscutible proyección deportiva y de imagen. En este sentido, debe traerse a colación el artículo 27 de la LD que establece que “1. Las personas deportistas profesionales tendrán, entre otros, los siguientes derechos, de conformidad con la normativa específica que resulte de aplicación: a) A una carrera deportiva conforme a sus potencialidades. (…)”. En relación con este argumento, en el caso que nos ocupa, hasta la resolución del presente recurso se van a disputar encuentros oficiales con un evidente impacto en la carrera deportiva de los jugadores, tanto en competiciones nacionales como internacionales. En este momento los jugadores no se encuentran inscritos y, por tanto, no pueden participar en las competiciones oficiales. Asimismo, la carencia de licencia de estos jugadores daría lugar a la imposibilidad de que, en su caso, fueran convocados por la selección nacional. Desde este punto de vista se considera necesario, además, en aras de una mayor seguridad jurídica, garantizar el derecho de los deportistas a su carrera deportiva reconocido como ya se ha señalado en la propia LD, evitando en todo caso la incertidumbre y la imprevisibilidad".


Sin embargo, hace sólo un año, el 27.12.23, es decir ya en vigor la nueva ley del deporte, el director general del CSD, Fernando Molinero, en una carta dirigida a la Generalitat Valenciana a la que hemos tenido acceso en IUSPORT, decía lo siguiente:

 

"Los artículos 22 y 23, se ubican en la Sección 1.a "De los derechos y deberes generales" del Capítulo II "De los derechos y deberes de las personas deportistas" del Capítulo I del Título II "De los actores del deporte" de la L.D. Ley 39/2022", "… el ámbito sistemático de los derechos y deberes de las personas deportistas que conforme a la Disposición final quinta, serán objeto de desarrollo reglamentario, por lo que no resultan de aplicación automática directa en base a la L.D.".

[Img #168886]

 

Es decir, según la doctrina fijada por el propio CSD, el argumento del Barça sobre el derecho a la carrera de los deportistas no podía ser admitido en este momento debido a que el Gobierno no ha aprobado aún el desarrollo reglamentario.

 

Es más, desde el punto de vista sustantivo, el  argumento del CSD es una engañifa, ya que a los jugadores no se les impide jugar (que es el fundamento invocado por el CSD), sino solo que no lo hagan en un concreto club que no cumple las reglas.

 

Se está utilizando un argumento falaz relativo a los jugadores para  permitir que un club juegue con ventaja en relación con los demás, poniendo en peligro la integridad de la competición.

 

A pesar de todo ello, el CSD ha aceptado el argumento del derecho al trabajo de los jugadores como pieza fundamental de la resolución por la que concedió la cautelar al Barça. 

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.