
El TAD, que esta misma semana inadmitió un recurso al.candidato no proclamado Pau Codina, que impugnó la exigencia de aportar avales para presentar candidatura a la presidencia de la RFEF, ha rechazado este jueves otro recurso contra su inadmisión como candidato a la presidencia de la RFEF.
En dicho recurso, Codina solicitó al Tribunal Administrativo del Deporte que:
"1. Se declare nula la resolución de proclamación provisional de candidaturas a la presidencia de la RFEF de 4 de diciembre de 2024.
2. Se proclame como candidato a D. Pau Codina Llopis.
3. Se convoque a todos los asamblearios de manera urgente con capacidad de avalar candidatura a presidente de la RFEF para que D. Pau Codina Llopis y cualquier otro candidato o precandidato pueda hablarles y recabar el apoyo de ellos en número suficiente para cumplir con el requisito de los avales.
4. Se retrotraigan las actuaciones"
El TAD recuerda que el artículo 17 de la Orden EDF/42/2024 y el artículo 38 del Reglamento Electoral de la RFEF exigen que los candidatos a la presidencia de la RFEF tengan que venir avalados por el 15% como mínimo de los miembros de la Asamblea General. Esta es la normativa vigente que ha de ser aplicada por este Tribunal Administrativo del Deporte.
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En este sentido, añade el TAD, Pau Codina no presentó ningún aval por lo que se inadmitió su candidatura a la presidencia en cumplimiento de la normativa vigente. Por este motivo el recurso debe ser desestimado en su totalidad.
El miércoles de la pasada semana, la Comisión Electoral de la Federación Española de Fútbol (RFEF) proclamó como candidatos a la presidencia del organismo a a los presidentes de las territoriales de Galicia, Rafael Louzan; Valencia, Salvador Gomar; y Extremadura, Sergio Menchán.
Al mismo tiempo, inadmitió otras tres candidaturas, las de Miguel Ángel Galán, Benigno Fidalgo Moreiras y Pau Codina Llopis por carecer de los avales exigidos por el artículo 38.1 del Reglamento electoral de la RFEF.















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