Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 12:11:24 horas

¿Ostenta el Badajoz el mejor derecho deportivo para optar a la plaza del Ursaria?

Chema Luis Martes, 20 de Agosto de 2024

[Img #165733]El 22 de julio se publicó la resolución del Juez Único de Competiciones no Profesionales mediante la que se daba a conocer que la vacante generada en el grupo V de Segunda RFEF por el descenso administrativo del C.D.E. Ursaria correspondería al C.D. Móstoles URJC.

 

La decisión del Juez Único de Competiciones No Profesionales se ha formulado con base en el Reglamento General de la RFEF y en la Circular núm. 25 de 8 de julio de 2024, acordando hacer entrega de la plaza al CD Móstoles URJC, todo ello como consecuencia de lo previsto en los artículos 119, 209, 212 y 215 del Reglamento General RFEF, por ser quien mejor derecho deportivo ostentaba tras la valoración de todos los criterios y haber cumplido con el requisito que exigía satisfacer a la RFEF la cantidad económica que se correspondía con las deudas contraídas por el CDE Ursaria[1], cantidad que alcanzaba la cuantía de 208.541,57€.

 

 

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Chema Luis

 

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