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Irene Aguiar
Irene Aguiar Viernes, 02 de Agosto de 2024

Caso Khelif: lo que se sabe y lo que no

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Se ha afirmado que Khelif es “un hombre”, que es “trans”, que es “una mujer con altos niveles de testosterona”, que es “intersexual”... Aquí trato de despejar las incógnitas según la información disponible.

Mucho se ha escrito sobre el caso de Imane Khelif, tras trascender que habría un hombre compitiendo en la categoría femenina de boxeo en los Juegos Olímpicos de París 2024.

 

Se ha afirmado que es “un hombre”, que es “trans”, que es “una mujer con altos niveles de testosterona”, que es “intersexual”... Aquí trato de despejar las incógnitas según la información disponible.

 

1. Khelif no es “trans”

 

Imane Khelif no se identifica como “trans”. Siempre ha constado en su documentación como de sexo femenino y como tal ha participado en competiciones de boxeo toda su vida.

 

2. Khelif no es “una mujer con altos niveles de testosterona”

 

Imane Khelif no es tampoco, sin embargo, “una mujer con altos niveles de testosterona”.

 

En 2023, la Asociación Internacional de Boxeo (la IBA, por sus siglas en inglés) descalificó a Khelif de la categoría femenina en los mundiales (y también a Lin Yu-ting, quien también está participando en los Juegos Olímpicos en la categoría femenina en boxeo) por no cumplir con los criterios de elegibilidad para participar en ésta.

 

Trascendió entonces, aunque afirmándose erróneamente que era transgénero. Una de sus contrincantes, la mexicana Brianda Cruz, afirmó que nunca había sentido tanto dolor por los golpes en sus trece años de carrera.

 

La IBA tiene un único criterio de elegibilidad para participar en la categoría femenina: tener cromosomas XX, y se reserva expresamente la posibilidad de comprobarlo a través de un test de verificación de sexo. Aquellos con cromosomas XY son descalificados. Así consta en su reglamento:

 

"Mujer: significa un individuo con cromosomas XX. Para este propósito, las boxeadoras pueden ser sujetas a un test de sexo aleatorio o dirigido para confirmarlo, que servirá como el criterio de elegibilidad de sexo para las competiciones IBA".

 

La descalificación de la categoría femenina solo puede deberse a no tener cromosomas XX. Por tanto, la descalificación de Khelif y Yu-ting solo puede deberse a que se les encontraron cromosomas XY.

 

La IBA, que ha recordado esta descalificación ahora mediante un comunicado, ha indicado que no se le hizo ninguna prueba de testosterona.

 

Es importante que, según el comunicado de la IBA, Yu-ting admitió la decisión (pues nunca la recurrió ante el TAS), y Khelif en un principio lo hizo, pero posteriormente desistió. Si la decisión fue por no tener cromosomas XX, y en realidad los tenían, la decisión era fácilmente recurrible.

 

3. Si la IBA descalificó a Khelif de la categoría femenina, ¿por qué entonces participa ahora en los Juegos Olímpicos?

 

Como la IBA está suspendida por el Comité Olímpico Internacional (COI), la IBA no determina los criterios de elegibilidad para participar, sino que los determina una “Unidad de Boxeo” creada por el COI, como se puede ver aquí.

 

En los criterios de la Unidad de Boxeo se mencionan las categorías de “hombres” y “mujeres”, pero no establecen ningún requisito ni criterio de elegibilidad para éstas. Ni de sexo, ni ningún otro. Solo se establecen requisitos de edad, peso y nacionalidad.

 

En su comunicado, el COI afirmó que para el sexo de los deportistas únicamente se basaban “el pasaporte”.

 

Esta política es consistente con la que viene manteniendo el COI: el COI dejó de llevar a cabo las pruebas de verificación de sexo, que hasta entonces se utilizaban para garantizar que quienes participaban en la categoría femenina eran efectivamente mujeres y, con ello, la integridad de la competición, en los Juegos Olímpicos de Sidney 2000.

 

En 2003, el COI comenzó a permitir a hombres en categorías femeninas con sus primeras directrices transgénero, y su postura actual, tras sus últimas directrices de 2021, es que "no se debe presumir ventaja" del sexo masculino, en contra de toda la evidencia científica disponible, y que cada federación debe regular su deporte. Este marco ha sido ampliamente discutido por la comunidad científica. Hablé sobre las directrices del COI aquí.

 

En el caso del boxeo, la IBA determinó que en la categoría femenina solo podían participar mujeres, con cromosomas XX. Por alguna razón, en este caso el COI no sigue el criterio de la federación.

 

El COI ha publicado un comunicado en el que indican que se habría vertido “información engañosa”. No indica cuál sería ésta, pero había solo un aspecto que había que desmentir: que tienen cromosomas XY. En ningún momento lo desmienten. No afirman que tengan cromosomas XX. Solo que cumplen los criterios de elegibilidad (ya hemos visto que nada dicen), que en sus pasaportes constan que su sexo es femenino y que vienen participando en competiciones femeninas.

 

4. Si Khelif tiene cromosomas XY, ¿por qué en su pasaporte consta de sexo femenino?

 

Lo más probable, pero de esto no hay ninguna información de fuente fiable, es que Khelif tenga alguna anomalía del desarrollo sexual (ADS o DSD, mal denominado “intersexual”) de cariotipo XY. Es decir: que su sexo sea biológicamente masculino, pero por una ADS pareciera tener genitales de ese aspecto en el nacimiento, y se haya registrado por tanto de esa forma.

 

Sería como el caso de Semenya: biológicamente un hombre con una ADS que hace que sus genitales sean ambiguos al nacer y se le registre de sexo femenino. La ADS de Semenya es 5-ARD 46XY (confirmado por el TAS, el TEDH y, respecto a tener testículos, por Semenya), pero se desconoce si es también el caso de Khelif. Expliqué el caso de Semenya aquí, el TEDH lo confirmaba aquí y Semenya confirmaba que tenía testículos aquí.

 

5. ¿Puede que Khelif sea mujer y tenga cromosomas XY?

 

Es cierto que la regla general es que la mujer tiene cromosomas XX y el hombre cromosomas XY, pero hay algunas ADS que conllevan que personas que fenotípicamente son mujeres tengan cromosomas XY (aunque su sexo cromosómico sería masculino). Este tema es más complejo, pero en estos casos no se producen los efectos de la testosterona ni se pasa la pubertad masculina en el cuerpo, por lo que no existirían las ventajas asociadas a la misma.

 

Sin embargo, por lo que ha trascendido por la IBA, con el test de verificación de sexo se habrían detectado “ventajas competitivas”. Si fuera Khelif uno de esos casos, no tendría esas ventajas, por lo que si tiene una ADS, desde luego es de cariotipo XY y con las ventajas de la testosterona y haber pasado una pubertad masculina.

 

6. ¿Y qué más da que Khelif participe en la categoría femenina? Phelps tiene los brazos muy largos y nadie dice nada...

 

Las competiciones se dividen por sexo por algo, igual que se dividen por edad, discapacidad, peso… Y es porque hombres y mujeres tienen cuerpos diferentes que deriva en una ventaja competitiva de los hombres.

 

Categorizar la competición por sexo e incumplir la categorización en favor de una persona es injusto para el resto de competidores, como lo sería permitir a una persona de 20 años participar en la categoría de 14.

 

Por qué es importante que las competiciones se dividan por sexo (y se controle y respete), lo expliqué aquí.

 

En cuanto a la largura de brazos de Phelps, es simple: las competiciones no se categorizan por largura de brazos, pero, si se hiciera, habría que preguntarse si nos parecería justo que los de brazos largos participasen en la categoría de brazos cortos.

 

 

Actualización a 3 de agosto de 2024: el rápido devenir de los acontecimientos me obliga a actualizar este artículo. El Vicepresidente de la World Boxing Association ha confirmado que Khelif es biológicamente un hombre, indicando que su caso se detectó en 2022 junto con otros cuatro, de lo cual se informó al COI.

 

Por otro lado, el COI ha emitido una nota de corrección después de que su presidente Bach afirmara que "no se trataba de un caso de DSD" para corregir esa afirmación, reconociendo implícitamente que sí se trata de un caso de DSD.

 

 

 

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SOBRE LA AUTORA

 

Irene Aguiar es especialista en derecho deportivo, asociada en UNO | ONE Legal Partners.

 

Entre otros, ha escrito cuatro trabajos sobre la participación de personas transexuales y con anomalías del desarrollo sexual en el deporte, todos ellos presentados y aprobados en congresos científicos, algunos de ellos referenciados aquí.

 

La última de estas obras es “Participación de personas con anomalías del desarrollo sexual en el deporte: (reflexiones en torno a las regulaciones de la Federación Internacional de Atletismo y el caso Semenya)” (Editorial Reus).

 

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