
De forma paralela a la recusación, que presentó contra todos los miembros del TAD, el presidente de la RFEF, Pedro Rocha, en otro escrito al que ha tenido acceso IUSPORT, ha solicitado al CSD el cese de 4 miembros de este tribunal. Además pide que sean suspendidos provisionalmente de sus funciones.
Invoca el artículo 4 de la Ley del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas (Ley 40/2015), en relación con el artículo 7.2 del Real Decreto 53/2014, de 31 de enero, por el que se desarrolla la composición, organización y funciones del Tribunal Administrativo del Deporte:
"Artículo 7. Extinción del mandato de los miembros del Tribunal Administrativo del Deporte.
1. Los miembros del Tribunal Administrativo del Deporte serán independientes en el ejercicio de sus funciones y sólo cesarán en el ejercicio de su cargo por las siguientes causas:
...
e) Por incumplimiento grave de sus obligaciones, incluidas las infracciones graves a la legislación deportiva.
...
2. La remoción por las causas previstas en las letras e), f), g) y h) deberá ser acordada por el Presidente del Consejo Superior de Deportes tras la tramitación de un expediente contradictorio".
Estos son los 4 miembros del TAD a los que ha pedido la remoción ante el CSD (que se suma a la recusación ante el propio TAD):
- Guillermo de Blas Bados, secretario
- Marina Porta Serrano
- Jaime Caravaca Fontán
- Alfonso Ramos de Molins
Quedan excluidos de la petición de remoción Francisco de Miguel Pajuelo, presidente, Pilar Juárez y Eva María Fernández Cifuentes, contra los cuales mantiene, no obstante, la recusación.
Es decir, para cuatro pide el cese como miembros, mientras que para los otros sólo pide que se sean apartados del expediente sancionador.
Los motivos
Según Rocha, de las conversaciones que constan en el sumario de la operación Brodie entre González Cueto y Molinero Revert, el primero, que fue miembro del TAD y anteriormente de la Junta de Garantías Electorales, abusó de la confianza del Director General de Deportes para intentar que influyera sobre los miembros del TAD.
Dicha posible influencia o acceso que utiliza el González Cueto tiene una razón de ser, según el escrito de Rocha: Molinero es quien propuso que se nombraran para el TAD a varios de sus integrantes, pertenecientes a su promoción, sin que se conozca ningún otro vínculo con el deporte ni con el Consejo Superior de Deportes: Marina Porta Serrano, Jaime Caravaca Fontán y D. Guillermo de Bias Bados.
La defensa de Rocha afirma que ha tenido conocimiento de que los mencionados miembros del TAD y el Sr. Ramos del Molins, en su condición también de Abogado del Estado, formarían parte de grupos de mensajería instantánea comunes, y participarían en eventos periódicos comunes junto a otros abogados del Estado. A los que también pertenece y asiste González Cueto, quien tiene de este modo acceso a todos ellos, aprovechando su condición de "compañero".
Sobre Jaime Caravaca Fontán, miembro del TAD y Abogado del Estado, la defensa de Rocha afirma que es familiar directo (sobrino) de Antonio Ramón Caravaca Magariños, socio de la Firma legal "GC Abogados", cuya rescisión contractual acordada por Rocha se señala par la Instructora como constitutiva de infracción.
En cuanto a Guillermo de Blas Bados, secretario del TAD, el letrado de Rocha afirma que tiene amistad íntima con Tomás González Cueto, según se desprende de las conversaciones telefónicas que forman parte del sumario, asevera Rocha.
En lo que concierne a Alfonso Ramos de Molins, dice el letrado de Rocha que, a juicio de la Guardia Civil, "D. Alfonso Ramos es el "Alfonso" al que se refieren Tomás González Cueto y Fernando Molinero Reverten las conversaciones intervenidas en la Operación Brody cuando TGC le dice a Fernando Molinero Revert que Jaime Caravaca Fontán y Eva María Fernández "intentarán que Alfonso (otro miembro de este organismo) ejerza un poco de patriarca para defender esta postura y que esto se arregle y no les dejen en el lío otros diez meses más".
Finalmente, señala que Marina Porta Serrano tambiçen es compañera de promoción de Molinero.













Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.154