
Efectivamente, los casos de Juan Padrón, exvicepresidente de Villar en 2017, y Pedro Rocha, son similares pero no para deducir que el segundo puede ser suspendido.
Contamos esto porque se especula con una supuesta identidad entre ambos casos para concluir que Padrón fue suspendido ad cautelam, dando a esto un significado distinto al que le corresponde. Dan a entender que la medida provisional se adoptó a pesar de no estar en activo en aquel momento, como sí ocurre ahora con Rocha. No fue así.
En IUSPORT nos hicimos eco en su momento de lo acontecido con Juan Padrón. El 25 de julio de 2017, la Comisión Directiva del CSD acordó la suspensión provisional de Ángel María Villar como presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), pero, aunque tenía el propósito, no hizo lo propio, de forma efectiva, con Juan Padrón.
Villar estaba encarcelado desde el día 20 de julio de 2017 a raíz de la operación 'Soule', por la que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz le acusó de administración desleal, apropiación indebida y/o estafa, falsedad documental y corrupción entra particulares, causa cuya instrucción hace poco se dio por concluida.
Por esa operación estaban también en prisión provisional el hijo de Villar y el exvicepresidente de la RFEF y entonces presidente de la Federación Tinerfeña, Juan Padrón. Además, el TAD abrió expediente sancionador a Villar y a Padrón.
![[Img #163093]](https://iusport.com/upload/images/04_2024/5651_lete-2017.jpg)
Acto seguido, la suspensión de Villar se acordó por "unanimidad" de los doce miembros presentes de los catorce de la Comisión Directiva del CSD, presidida entonces por José Ramón Lete, titular del organismo.
Sin embargo, con buen criterio, Lete especificó que en el caso de Padrón el CSD había solicitado a la Real Federación Española de Fútbol que certificase si en aquellos momentos pertenecía a algún órgano de gobierno o control de la RFEF ya que, aclaró Lete, el CSD solo podía suspender a cargos que formasen parte de la estructura orgánica de la Federación Española.
Literalmente, el comunicado del CSD rezaba como sigue:
La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes se ha reunido esta tarde tras conocer el acuerdo del Tribunal Administrativo del Deporte por el que se incoa expediente disciplinario al presidente de la Real Federación Española de Fútbol, Ángel María Villar. La Comisión, presidida por el presidente del CSD, José Ramón Lete, ha acordado, por unanimidad de todos sus miembros, “suspender de forma cautelar y provisional por un período revisable de un año a Ángel María Villar y a Juan Padrón. Dicha suspensión puede ser reconsiderada en función de cómo se vayan produciendo los acontecimientos”.
“En el caso de Padrón, hemos decidido solicitar a la RFEF la información que certifique si pertenece a algún órgano de gobierno y control, de forma que su suspensión quedará supeditada a esta certificación”, ha explicado Lete. ...”.
Y es que por aquel entonces, en el CSD tenían dudas sobre si Padrón ejercía como vicepresidente de la RFEF, aunque sí tenían constancia de que seguía detentando el cargo de presidente de la Federación Tinerfeña. Por eso, dejaron claro que no podían suspender a Padrón si no desempeñaba cargo en la RFEF.
Por eso, el Comité Canario de Disciplina Deportiva, con fecha 27 de julio de 2017, acordó incoar expediente disciplinario a Juan Padrón como presidente de la Federación Tinerfeña de Fútbol y decretó, acto seguido, el propio comité decretó su suspensión provisional.
Pedro Rocha, en estos momentos, no es dirigente en activo, ni siquiera en la Federación Extremeña, de la que dimitió hace poco, y aunque puede ser sujeto de un expediente sancionador por hechos de su época de directivo, sin embargo, no puede ser suspendido provisionalmente por la elemental razón de que no está en activo, es un mero candidato a presidente, tal y como hemos explicado reiteradamente en IUSPORT.













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