
En IUSPORT hemos tenido acceso al segundo acuerdo del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), de 29 de marzo, referido al expediente abierto al abogado Ramón Caravaca a raíz de una denuncia de Miguel Galán por la participación de aquel como letrado en el espionaje realizado al presidente de AFE, David Aganzo.
Tras conocerse el segundo acuerdo del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), de 29 de marzo, por el que se "rectifica" el del día 27, sobre la declaración del abogado Ramón Caravaca, el denunciante del caso, Miguel Galán, informa que ha recurrido el acuerdo y que ha pedido reunirse con el decano del Colegio.
Se trata del expediente abierto al citado abogado, que ha sido archivado, a raíz de una denuncia de Miguel Galán por la participación de aquel como letrado en el espionaje realizado al presidente de AFE, David Aganzo, y por el que éste ha exigido al CSD la inhabilitación inmediata del presidente de la RFEF, Luis Rubiales.
Pues bien, este jueves Galán ha remitido el siguiente correo al decano del ICAM:
"Miguel Ángel Galán Castellanos, presidente de la ASOCIACION TRANSPARENCIA Y DEMOCRACIA EN EL DEPORTE, solicito una reunión urgente con el Decano para tratar unas irregularidades en su departamento de deontologia que ha creado una alarma social, le adjunto nuestros recursos de alzada para ponerle en antecedentes".
La asociación que preside Galán considera que se ha emitido una resolución de rectificación extemporánea ya que se ha producido después de haber presentado el recurso de alzada al Consejo de la Abogacía de la Comunidad de Madrid. También se queja de que se le ha denegado el acceso al expediente.
El acuerdo de "rectificación" del ICAM
En IUSPORT hemos tenido acceso al segundo acuerdo del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), de 29 de marzo, referido al expediente abierto al abogado Ramón Caravaca.
El pasado martes dimos cuenta de este asunto, haciéndonos eco de un comunicado de la RFEF en el que afirmaba que el ICAM había incurrido en “error material” en el siguiente párrafo de su acuerdo del día 27:
«En cuanto a la contratación de un investigador privado, el letrado D. Antonio Ramón Caravaca Magariños explica que recibió el encargo profesional del Presidente de la RFEF de denunciar supuestas prácticas contrarias a la ética sindical del Presidente de la AFA, motivo por el que aconsejó a su cliente que sería necesario acreditar dichas imputaciones, y que sería un medio adecuado el encargo de un informe de investigación privada. Con carácter general, este es un tipo de prueba admitido en derecho siempre que su elaboración no implique vulneración de derechos fundamentales o de la normativa de aplicación, lo que aquí no consta».
Pues bien, dice el ICAM en su acuerdo del día 29 que visto el “escrito presentado por el letrado don Antonio Ramón Caravaca Magariños, con esa misma fecha, se observa la concurrencia de un error material al hacer constar lo siguiente:
“En cuanto a la contratación de un investigador privado, el letrado don Antonio Ramón Caravaca Magariños explica que recibió de un cliente, a través de don Juan Rubiales, el encargo profesional de denunciar supuestas prácticas contrarias a la ética sindical del Presidente de la AFE. Por tal motivo, aconsejó al cliente que sería necesario acreditar dichas imputaciones, y que sería un medio adecuado el encargo de un informe de investigación privada. Con carácter general, este es un tipo de prueba admitido en derecho siempre que su elaboración no implique vulneración de derechos fundamentales o de la normativa de aplicación, lo que aquí no consta”.




















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