
El Barça Rugbi competirá en la segunda fase del curso por el título, además de no quedar apeado de la Copa del Rey.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha fallado favorablemente a los intereses del Barça Rugbi al estimar su recurso contra la resolución del Comité Nacional de Apelación de la Federación Española de Rugby (FER) por la que se le sancionaba con la pérdida de dos puntos la supuesta comisión de una infracción de alineación indebida en el choque que enfrentó a los azulgranas con el Club Cisneros, correspondiente a la jornada 13 de División de Honor.
El TAD, que ya había estimado la semana pasada la solicitud de suspensión cautelar de la ejecutividad de esa resolución, resuelve que la sustitución del jugador número 12 fue por lesión y no táctica, no obstante ser de cambio táctico y no de lesión la tareja entregada por el delegado al árbitro asistente.
Para el TAD se trata de un error, hay ausencia de dolo o culpa, pero tambien estamos ante una conducta atípica. "Los elementos y circunstancias concurrentes en los hechos sí determinan la ausencia de culpa para la imposición de una sanción lo junto a la esencial falta de tipificación como infracción en el artículo 97 del Reglamento del supuesto de hecho, lleva a la nulidad de la resolución sancionadora y su revocación íntegra", infiere el TAD de los siguientes:

















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