
Según los datos de la Fiscalía, el último pago de Rosell a Negreira habría sido en enero de 2014. Por consiguiente, para él, el delito no ha prescrito.
El pasado 21 de febrero explicamos en IUSPORT que el expresidente Sandro Rosell podría ser acusado si el plazo de prescripción en el caso Negreira es de diez, aplicando el artículo 131.2 del código penal, al preverse para la corrupción entre particulares una pena compuesta de prisión de hasta 4 años y de inhabilitación hasta 6 en el art. 286 bis, opción que es discutida entre los penalistas pero es la que defiende la Fiscalía.
Pues bien, durante el periodo comprendido entre enero de 2011 y enero de 2014, en que Sandro Rosell ostentaba la presidencia del FCB, el importe abonado por el club a la empresa de Negreira superó los 2 millones de euros, según los datos que constan a la Agencia Tributaria.
Si se aplicaran 10 años de prescripción, alcanzaría por tanto al expresidente Sandro Rosell, quien dimitió en enero de 2014.
Según la denuncia de la Fiscalía, el último pago de Rosell a Negreira fue en enero de 2014. Por consiguiente, para él, el delito no ha prescrito.
Dicho esto, como ya hemos explicado, no basta con las diligencias de la Fiscalía para interrumpir la prescripión. Según el art. 132 del código penal, para que se interrumpa tiene que haber denuncia o querella y auto de admisión.

















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