
El Cádiz había esgrimido ante el TAD que "la adopción de la medida cautelar propuesta resulta absolutamente necesaria para salvaguardar la integridad de la competición y garantizar la equidad e igualdad de los clubes participantes,
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), en una resolución de este viernes a la que ha tenido acceso IUSPORT, ha rechazado el recurso y, por ende, la medida cautelar solicitada por el Cádiz, de suspender la competición hasta que se resuelva definitivamente su recurso por el error arbitral en el partido ante el Elche.
Dice el TAD que el asunto que aquí se ventila adolece de naturaleza disciplinaria, por tanto, resulta ser del todo ajeno al ámbito de competencia de este Tribunal en los términos legales y reglamentarios expuestos, lo que impide que pueda pronunciarse sobre el fondo del mismo.
En su consecuencia,concluye el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando establece que «Serán causas de inadmisión las siguientes: (…) a) Ser incompetente el órgano administrativo (…)» (art. 116), procede declarar la inadmisión del presente recurso.
En la resolución acuerda finalmente "inadmitir el recurso interpuesto por formulado por D. Manuel Vizcaíno Fernández, quien actúa en nombre y representación del Cádiz Club de Fútbol, S.A.D., contra la Resolución del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (en lo sucesivo, RFEF), de fecha 9 de febrero de 2023".
La resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo.
El Cádiz presentó un recurso ante el TAD para impugnar el partido de la jornada 17 disputado ante el Elche (1-1) y pidió que se repita parcialmente el encuentro al considerar "negligente" la actuación arbitral que concedió su gol al equipo ilicitano en fuera de juego, y como medida cautelar, la suspensión temporal del torneo hasta la resolución del expediente.
Según el Cádiz, los árbitros “no sólo incumplieron las Reglas de Juego aplicables”, sino que “pasaron por alto la normativa vigente respecto a los principios y procedimientos regulados en el Protocolo VAR”, y añadió que “no cabe duda” de que el equipo arbitral “incurrió en un error material manifiesto, grave, inexcusable y no justificable”, del que “se derivan perjuicios irreparables” para su club.
El Cádiz había esgrimido ante el TAD que "la adopción de la medida cautelar propuesta resulta absolutamente necesaria para salvaguardar la integridad de la competición y garantizar la equidad e igualdad de los clubes participantes, evitando una adulteración indeseada de dicha competición, fruto de un error técnico arbitral, manifiesto, grave y negligente, que en este momento es aún reparable y reversible".
Tanto Competición como Apelación habían desestimado el recurso del equipo gaditano.
























Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28