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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Los dos modelos que plantea la RFEF a los clubes para la "Primera Federación"

IUSPORT IUSPORT Viernes, 20 de Enero de 2023

IUSPORT ha tenido acceso al documento remitido por la RFEF a todos los clubes de "Primera Federación", en el que les plantea dos modelos de gestión para su votación

La RFEF ha remitido una nueva convocatoria de reunión por medios electrónicos a todos los clubes de 1ª RFEF, con la que, tras la reunión celebrada en la sede de la RFEF el pasado 17 de enero, les envian dos modelos de gestión de la competición, de los que se elegirá uno, para la próxima temporada 2023/2024.

 

En la convocatoria se especifica que el plazo para contestar a dicho correo emitiendo el voto en favor de uno de los dos modelos propuestos finaliza el pròximo viernes 27 de enero a las 12 horas.

 

MODELO A:

 

-    Ayudas RFEF: este modelo de gestión se ajusta a la práctica que se sigue en la mayor parte de las Federaciones europeas de fútbol, por lo que no existirán ayudas pagadas con cargo a fondos propios de la RFEF para los clubes participantes.

 

-    Derechos audiovisuales: se comercializarán conjuntamente de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-Ley 5/2015. Para la determinación de las condiciones generales que regirán la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales objeto de comercialización centralizada, se solicita la aportación de ideas y propuestas por parte de los clubes, de tal forma que las condiciones se elaborarán siguiendo esas iniciativas. Así, en un plazo de 20 días los clubes podrán enviarlas a la RFEF, quien someterá todas las recibidas a la consideración del resto de clubes, de tal forma que las que reciban los mayores apoyos serán incorporadas al tender, previo control de legalidad por los servicios Jurídicos de la RFEF. Tras su aprobación inicial en el órgano de gestión de derechos audiovisuales de la RFEF se someterá a Informe de la CNMC, aprobándose después de forma definitiva.

 

-    Control económico por parte de la RFEF: para la temporada próxima se prorrogará el sistema de control económico de la actual temporada manteniendo el esquema y procedimientos previstos actualmente en el Reglamento General.

 

-    Los clubes respetarán activamente las normas RFEF, UEFA y FIFA.


En todo caso, la RFEF ejercerá las funciones y competencias que están recogidas en sus Estatutos y en el Reglamento de Régimen General y todo ello de acuerdo con la legislación vigente.

 

MODELO B:

 

-    Este Modelo B sólo se aplicará si recibe el respaldo unánime de todos los participantes en la competición. Si un solo club vota en contra, se aplicará el Modelo A.

 

-    Ayudas RFEF: se mantendrán tanto las ayudas de la RFEF, como los ingresos por la comercialización de los derechos TV y de aquellos otros activos comerciales que sean gestionados por la Federación de tal forma que el sumatorio de los tres representará un valor mínimo equivalente al de esta temporada.

 

-    Derechos audiovisuales: igual que en el Modelo A.

 

-    Control económico por parte de la RFEF: se profundizará en tal control, diseñándose de acuerdo con las reglas UEFA, lo que implica un sistema de licencia previo sin la cual el club no puede competir en Primera Federación. Para obtener la licencia deberá cumplir con una serie de obligaciones formales y materiales establecidas por la RFEF en los órganos competentes de la Federación. Se trata de garantizar la viabilidad de los clubes y de la competición.

 

   Negociación colectiva: se creará una Comisión de clubes negociadora del convenio colectivo con los sindicatos de futbolistas. La RFEF presidirá las reuniones ejerciendo una función de coordinación y eventualmente de mediación, así como de garante de que los acuerdos sean acordes con el cumplimiento de las normas de la competición y del sistema federado reconocido por las normas deportivas nacionales e internacionales. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo sobre uno o varios aspectos dentro del plazo fijado en la primera reunión de negociación, la RFEF designará a un árbitro de reconocido prestigio, externo a la Federación, para que adopte un Laudo al respecto. Las reuniones serán convocadas por la RFEF a instancia de cualquiera de las partes o por su iniciativa y siempre en el plazo máximo de una semana desde que se solicitó.

 

-    Los clubs apelarán las decisiones disciplinarias a un órgano arbitral que cumpla con los requisitos normativos que hayan sido fijados por el Gobierno en el desarrollo reglamentario de la ley del deporte. Este arbitraje será gratuito para los clubes y los futbolistas.

 

-    Los clubes respetarán activamente las normas RFEF, UEFA y FIFA.

 

-    Si un club acuerda realizar una cesión total o parcial a un tercero de la comercialización de los activos publicitarios vinculados o relacionados con la Primera Federación, esta se hará siempre por medio de la Federación, salvo que dicha comercialización por parte del club hecha directamente o mediante una agencia comercial esté vinculada a la comercialización de los activos publicitarios del club en su conjunto cuando dicho club tenga equipos en categorías superiores.


En todo caso, los clubes no ejercerán acciones conjuntas con otros clubes de la misma categoría para la comercialización de cualquier tipo de activo del club.


-    En el supuesto de incumplimiento de los compromisos anteriores, el club que incumpla dejará, desde ese momento, de percibir ayudas de la RFEF y perderá la licencia para poder competir en la Primera Federación en la siguiente temporada.

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OPINION

El diabólico ofrecimiento a los clubes para votar entre 2 modelos para la "1°RFEF"

 

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