
La Federación Catalana dice en un comunicado que el Tribunal Catalán del Deporte, al ordenar la repetición de las elecciones, "niega el derecho de voto a 175 clubes"
La Federación Catalana de Fútbol ha emitido este jueves un comunicado tras conocer la resolución del Tribunal Catalán del Deporte por la que se ha ordenado que se repita el acto de votaciones correspondiente a su proceso electoral, celebrado el pasado 22 de mayo, anulando 175 votos (la diferencia entre el ganador y el segundo fue de 26 votos) por no haber cumplido con las exigencias de la normativa catalana que regula los procesos electorales de las federaciones deportivas y las que se incluyen en el reglamento electoral de la citada federación.
Esta normativa federativa ya había sido aprobada expresamente por los clubes catalanes en la Asamblea General de abril de 2022, sin ninguna impugnación, y, por ello, todos los clubes conocían cuáles eran las “reglas del juego electoral”, tanto por la propia norma federativa, como por la regulación de la Generalitat de Catalunya que se aplica a los procesos electorales federativos.
Unas pocas horas después de la contundente resolución del Tribunal Catalán, la Junta Directiva de la Federación Catalana ha reaccionado convocando una reunión telemática y publicando un comunicado que transcribimos a continuación.
La normativa catalana vinculada a los procesos electorales federativos ha ido modificándose en los últimos años, para que los clubes puedan ser representados únicamente por su presidente, tal como consta en sus estatutos, o, en caso de imposibilidad manifiesta de éste, que lo pueda hacer también el vicepresidente de su club acreditando tal situación de imposibilidad.
El origen de esta regulación catalana se remonta a las elecciones de la misma federación, la Federación Catalana de Fútbol, en el año 2005, en las que se generó una gran alarma social por los numerosos votos ilegales debidos a que la representación de algunas entidades deportivas era llevada a cabo por personas que ni siquiera tenían vinculación con sus clubes. Y entonces, el legislador catalán decidió cambiar las “reglas del juego electorales” en lo correspondiente a la representación de los clubes, prohibiendo que pudieran hacerlo otras personas que no fueran los presidentes, con la excepción citada.
TEXTO ÍNTEGRO DEL COMUNICADO DE LA FEDERACIÓN CATALANA DE FÚTBOL
"EL TRIBUNAL CATALÁN DEL DEPORTE NIEGA EL DERECHO A VOTO A 175 CLUBS SIN HABERLO ESCUCHADO
La Junta Directiva expresa su sorpresa por una decisión basada en formalismos que atenta claramente contra el derecho de sufragio de los clubs catalanes.
La Junta Directiva de la Federación Catalana de Fútbol (FCF), por acuerdo telemático sin sesión, ha tomado la decisión de emitir el siguiente comunicado, valorando la decisión emitida por el Tribunal Catalán del Deporte (TCE), por la que ordena la repetición de las votaciones a la presidencia y la Junta Directiva:
La decisión del TCE constituye un precedente peligroso de injerencia inadmisible en los procesos electorales de las federaciones deportivas catalanas, dado que niega el derecho de voto a 175 Clubs, sin que ni siquiera hayan sido escuchados durante la tramitación del expediente administrativo.
La nulidad de estos 175 votos se sustenta en meros formalismos en relación a la representación de las entidades deportivas, en contraposición al ejercicio de un derecho fundamental como es el de sufragio, exigiéndoles cargas administrativas que no tienen el deber jurídico de soportar, tal y como ha declarado la propia Comisión Jurídica Asesora de la Generalidad de Cataluña, como por ejemplo que para emitir el voto el presidente deba manifestar por escrito su imposibilidad de representación, o que el representante legal del entidad deba ejercer el voto provisto de escritura pública que deje constancia del detalle de los acuerdos adoptados por la Junta Directiva del Club, conforme quien emitirá el voto.
Que este planteamiento rigorista y arbitrario restringe injustificadamente el derecho a voto de las entidades deportivas, que se ven obligadas a llevar a cabo unos trámites administrativos costosos y desproporcionados, incompatibles con la doctrina reiterada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional respecto al ejercicio de derechos fundamentales.
Que es singularmente grave que la decisión se emita mientras existen abiertas diligencias en la Fiscalía Provincial de Barcelona sobre presuntas presiones de destacados cargos de la Generalidad de Cataluña a los miembros del TCE, cuando la simple sospecha respecto a la existencia de estas presiones obligaba a los miembros del TCE en abstenerse, como ha declarado repetidamente la doctrina del Tribunal Supremo.
Por todas estas razones, se ha decidido facultar a la Asesoría Jurídica de la FCF para que emprenda las acciones legales que correspondan para defender el derecho de sufragio de las entidades deportivas afectadas, sin perjuicio de las acciones que a título individual decidan ejercer a los miembros de la Junta Directiva".



















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