
El acuerdo de Rubiales y Piqué para llevar la Supercopa de España a Arabia Saudí, clave principal de este escándalo, se consumó el 11 de septiembre de 2019. Es decir, hace un mes ya habrían prescrito las presuntas irregularidades denunciadas ante el CSD sin que éste las hubiera trasladado al Tribunal Administrativo del Deporte
El pasado 8 de julio advertimos en IUSPORT de que la decisión del presidente del CSD de no dar traslado al TAD de las denuncias presentadas contra el presidente de la RFEF, Luis Rubiales, favorecía que siguiera corriendo el reloj de la prescripción y, por tanto, que las presuntas infracciones administrativas que pudiese haber cometido quedarían impunes.
Aunque es cierto que un juzgado instruye diligencias por algunos hechos, estas no abarcan la totalidad de los que se atribuyen presuntamente al presidente de la RFEF.
Lo dijimos en julio: lo que hizo el presidente del CSD era una aberración jurídica. La incoación de diligencias penales por parte de un juzgado de Majadahonda contra Rubiales (y Piqué) no eximia al CSD de trasladar al TAD las denuncias que le habían presentado contra el presidente de la RFEF.
Ojo. El CSD no se inhibió ante la ausencia de indicios de la comisión de una presunta infracción, sino precisamente en la existencia de estos, tras la incoación de las diligencias penales.
Es al TAD, no al CSD, al que compete hacer una valoración global de los hechos puestos de manifiesto en el expediente y decidir si, en el caso de que incoara, suspende el expediente totalmente o sólo en relación a aquellos hechos en los que pudiera concurrir la “identidad de sujeto, hecho y fundamento” con la causa penal, conforme al artículo 83 de la Ley del Deporte.
¿Qué ha conseguido el CSD con la suspensión de sus actuaciones?
Que prescriban algunas de las posibles infracciones, un plazo que es de tres años en algunos casos. La resolución suspensiva del CSD no interrumpió la prescripción porque no se había iniciado el expediente sancionador.
Pues bien, este viernes, el diario ABC dedica un amplio reportaje a este asunto y confirma que "El acuerdo de Rubiales y Piqué para llevar la Supercopa de España a Arabia Saudí, clave principal de este escándalo, se consumó el 11 de septiembre de 2019. Es decir, hace un mes ya habrían prescrito las presuntas irregularidades denunciadas ante el CSD sin que éste las hubiera trasladado a su Tribunal del Deporte".
Efectivamente, como adelantamos en IUSPORT en julio, es decir, antes de que se consumara la prescripción, solo incoando expediente el TAD (aunque luego lo suspenda) podría interrumpirse el plazo de prescripción, de forma que pudiese ser reanudado tras las diligencias penales.
Dicho de otra forma, la decisión del CSD de no dar traslado de las denuncias al TAD hizo que el reloj de la prescripción corra a favor de quienes hayan podido cometer alguna infracción.
























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