Por qué un tribunal arbitral adscrito al CSD no es equivalente al TAD

El PP, que durante todo el proceso de tramitación del proyecto de ley se opuso al recorte competencial del TAD, se ha equivocado al aceptar la enmienda de marras con el PSOE. Aún está a tiempo de rectificar.
A raíz de la noticia publicada por IUSPORT este jueves, en el sentido de que PSOE y PP habían alcanzado un acuerdo para recortar las competencias del TAD y habilitar la vía del tribunal arbitral, el portavoz del PP en el Congreso de los Diputados, Javier Merino, publicó un hilo en su cuenta de Twitter asegurando que el nuevo tribunal arbitral estará encuadrado en el CSD, será público por tanto, y que será gratuito.
A partir de esas premisas, Merino afirma que la justicia deportiva seguirá siendo pública y gratuita.
No cabe duda de que si eso se confirmara, sería un mal menor para el deporte español, pero hemos de recordar varios puntos importantes que diferencian al futuro tribunal arbitral del TAD:
1.- El texto de la enmienda que nos ha llegado a IUSPORT no especifica que el nuevo tribunal arbitral estará adscrito al CSD.
2.- La referida enmienda matiza que ese nuevo tribunal será gratuito sólo para los deportistas, no para los clubes, que son los que recurren generalmente.
Hemos de entender que el PP, o bien maneja un texto de la enmienda diferente o está dispuesto a renegociarlo con el PSOE para que ambos extremos estén incorporados a la enmienda que finalmente se vote: la adscripción al CSD y la gratuidad total.
3.- Dicho esto, hemos de concluir que para este viaje no hacían falta alforjas. Si el objetivo que se persigue con la enmienda transaccional es mantener el carácter público y la gratuidad del sistema de justicia deportiva, ¿por qué razón mutilan al tribunal que ya existe (TAD), que reúne exactamente esas características?
4.- Es más, ¿por qué incrementar el gasto público con un nuevo tribunal para que haga lo que ya viene haciendo el TAD con menores costes? Recuérdese que a los árbitros que ejercen de jueces en los tribunales arbitrales hay que retribuirles. Si va a ser gratuito para las partes significa que el gasto, muy superior al del TAD, lo asumirá el CSD.
Más grave aún: ¿por qué dos tribunales si con uno es suficiente? El TAD seguirá existiendo, pero no para resolver lo que realmente preocupa a los clubes y deportistas, las sanciones que cada semana les imponen los comités de las federaciones. Estas sanciones tendrán que recurrirlas al tribunal arbitral si es que la federación correspondiente acepta su jurisdicción.
El TAD quedará reducido a tres materias: las denuncias que les remita (o no) el CSD, la privación de licencias y las elecciones a las federaciones.
5.- Finalmente, aunque el tribunal arbitral estuviera adscrito al CSD y fuera gratuito, se darán dos circunstancias inevitables:
A) A diferencia del TAD, que es obligatorio, el tribunal arbitral será voluntario. ¿Es realmente útil un tribunal al que las federaciones pueden adherirse o no, según les convenga?
B) Las partes que acepten acudir al tribunal arbitral no podrán impugnar ante la justicia ordinaria sus resoluciones (laudos), lo contrario de lo que ocurre con el TAD, cuyas resoluciones son recurribles en todos los casos ante la justicia ordinaria.
A la vista de lo expuesto, ¿cree alguien que la alternativa de un tribunal arbitral adscrito al CSD es realmente equivalente al TAD?
El PP, que durante todo el proceso de tramitación del proyecto de ley se opuso al recorte competencial del TAD, se ha equivocado al aceptar la enmienda de marras con el PSOE. Aún está a tiempo de rectificar.
























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