
La Sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado el acuerdo de la Comisión Directiva del CSD de 25 de julio de 2017 por la que se acordó la suspensión cautelar de Villar como presidente de la RFEF tras estallar la operación Soule
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia del 18 de noviembre de 2019, a la que ha tuvo acceso IUSPORT, rechazó el recurso de Ángel María Villar contra la resolución del TAD de 22 de diciembre de 2017, por la que acordó sancionarle con la destitución del cargo de presidente de la RFEF por falta de neutralidad en las elecciones tras una denuncia formulada por el presidente de CENAFE Miguel Galán.
Pero antes de decretarse su destitución, la Comisión Directiva del CSD, bajo la presidencia de José Ramon Lete, había acordado, el 25 de julio de 2017, suspender motivadamente y de forma cautelar y provisional por un año a Villar y al exvicepresidente Juan Padrón.
La suspensión se enmarcaba en las competencias que tiene la Comisión Directiva del CSD para suspender, motivadamente y de forma cautelar y provisional, al presidente y demás miembros de los órganos de gobierno y control de las federaciones deportivas españolas y ligas profesionales, cuando concurra alguno de los supuestos que recoge el artículo 43 de la Ley del Deporte de 1990.
El apartado c) del artículo 43 confiere a la mencionada comisión la competencia para "suspender motivadamente, de forma cautelar y provisional, al presidente o a los demás miembros de los órganos directivos, cuando se incoe contra los mismos expediente disciplinario, como consecuencia de presuntas infracciones o irregularidades muy graves y susceptibles de sanción, tipificadas como tales en el artículo 76 de la presente Ley".
El TAD incoó expediente a Villar por resolución del 24 de julio de 2017
![[Img #138923]](https://iusport.com/upload/images/10_2021/8399_tad-arnaldo.jpg)
En aquel momento, el TAD ya le había incoado expediente al entonces presidente de la RFEF, quien, además, estaba encarcelado desde el día 20 de julio de 2017 tras estallar la operación 'Soule', en la que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz le acusó de administración desleal, apropiación indebida y/o estafa, falsedad documental y corrupción entra particulares.
Esta suspensión acordada por la Comisión Directiva del CSD también había sido impugnada por Villar y es sobre la que ahora se ha pronunciado la Sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, en el sentido de declarar la pérdida de objeto del recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 25 de julio de 2017, de la Comisión Directiva del ConsejoSuperior de Deportes, por la cual se acordó la suspensión cautelar y provisional en su cargo de Presidente dela Real Federación Española de Fútbol.
La destitución
Una vez convocadas las elecciones a la RFEF por Ángel María Villar, entonces presidente, el día 13 de febrero de 2017 pasó a ocupar la presidencia de la Comisión Gestora.
Pues bien, siendo presidente de dicha comisión llevó a cabo diversas actividades dirigidas a publicitar y promover su condición de "precandidato" a la presidencia de la Real Federación Española de Fútbol incompatibles con su condición de presidente de la Gestora, según declaró el TAD y ahora lo confirma el TSJM.
Mediante su actividad en Facebook y en Twitter y así como por medio de la carta de 6 de abril de 2017 dirigida a los presidentes de las federaciones autonómicas, Ángel María Villar Llana anunciaba públicamente su condición de precandidato.
Todas estas actuaciones dieron lugar a la apertura de expediente por parte del TAD que desembocó en la resolución de 2 de diciembre de 2017 por la que acordó sancionarle con la destitución del cargo de presidente de la RFEF.
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