Domingo, 11 de Enero de 2026

Actualizada Domingo, 11 de Enero de 2026 a las 03:41:36 horas

El caso Fuenlabrada puede derivar en un conflicto competencial ante el TAD

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Martes, 28 de Julio de 2020
F: LaLigaF: LaLiga

Este conflicto de competencias vendría derivado del hecho de que dos órganos resuelven sobre unos mismos hechos, el caso del Fuenlabrada, siempre que haya identidad de objeto, sujeto y fundamento.

Un hipotético descenso administrativo del Fuenlabrada, u otra sanción que pudiera imponer el comité de competición de la RFEF podría derivar en un conflicto competencial en el TAD. 

 

Ello ocurriría en el caso de que el Juez de Disciplina Social fallara a favor del club y el Comité de Competición le sancionase.

 

El procedimiento extraordinario abierto por el Comité de Competición a raíz de las denuncias del Deportivo o del Numancia puede acabar en un claro conflicto de competencias que derivaría en una intervención del TAD (Tribunal Administrativo del Deporte), al amparo del artículo 7 del Real Decreto de Disciplina Deportivo de 1992 y 6 del código disciplinario de la RFEF. 

 

Artículo 7. Conflictos de competencias.

 

"Los conflictos positivos o negativos que, sobre la tramitación o resolución de asuntos, se susciten entre órganos disciplinarios de la organización deportiva de ámbito estatal serán resueltos por el Comité Español de Disciplina Deportiva", hoy Tribunal Administrativo del Deporte. 

 

Este conflicto de competencias vendría derivado del hecho de que dos órganos resuelven sobre unos mismos hechos, el caso del Fuenlabrada, siempre que haya identidad de objeto, sujeto y fundamento.

 

Por un lado estaría el Juez de Disciplina Social de LaLiga, cuya primera resolución, como ya contamos en IUSPORT en el día de ayer, va en la línea de no sancionar al club madrileño al entender que cumplió el protocolo sanitario establecido por la Liga.

 

Y luego está el procedimiento extraordinario abierto por el Comité de Competición, que ahora está en manos del instructor Ricardo Esteban Díaz y que, según adelantó anoche la Cadena Cope e IUSPORT, considera que tienen competencia y estaría valorando una posible sanción al Fuenlabrada atendiendo a los artículos 68 y 74 del Código Disciplinario.

 

Un expediente en el que se concede audiencia a los interesados antes de la resolución final de este órgano compuesto por Carmen Pérez, presidenta del Comité y designada por la RFEF; Pablo Mayor designado por la Liga y Lucas Osorio como figura de consenso.
 

Posiciones divergentes 

El Instructor del expediente de la RFEF al Fuenlabrada considera que el Comité de Competición, al que elevará la pertinente propuesta de resolución en los próximos días, sí es competente en la materia.

 

En una providencia de este lunes 27, a la que hemos tenido acceso en IUSPORT, el Instructor Ricardo Esteban Díaz Sánchez, que reemplazó a Juan Antonio Landaberea tras la renuncia de éste el pasado día 23, afirmaba lo siguiente:

 

"Es evidente que las presuntas infracciones que se imputan al CF Fuenlabrada, SAD podrían suponer, de ser ciertas, un fraude a la competición, atentando a la salvaguarda del buen orden deportivo, a la integridad y pureza de la competición, y al correcto desarrollo de los espectáculos deportivos con riesgos para los espectadores o los participantes, conductas todas ellas tipificadas en el Código Disciplinario de la RFEF (conductas contrarias al buen orden deportivo, infracciones sobre el correcto desarrollo de los espectáculos deportivos, omisión de medidas de seguridad…), sin perjuicio de lo que pueda resultar de la presente instrucción.

 

En atención a la legislación vigente, confirmada por la doctrina del CEDD, es evidente que dicha materia entra de lleno en las competencias de la RFEF, y que por tanto no tiene nada que ver con las específicas cuestiones sobre las que ejerce disciplina la LNFP, que resultan indiferentes a los fines de esta Instrucción".

 

Sin embargo, el Juez de Disciplina Social de LaLiga también se considera competente y no solo ha abierto expediente, sino que ya ha dictado una resolución sobre medidas provisionales. 

 

El titular del órgano disciplinario de LaLiga considera que el Fuenlabrada actuó correctamente. En su resolución de 25 de julio, a la que ha tenido acceso IUSPORT, Manuel Rivero González acuerda "no adoptar la medida provisional" consistente en la "suspensión del derecho" del Fuenlabrada "a participar en la competición profesional durante la tramitación del presente expediente"

 

Por tanto, aunque no hay aún resoluciones definitivas de ambos órganos disciplinarios, todo apunta a un conflicto competencial. 

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.